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Concurso de acreedores

TECUMAK CANTABRIA, S.L

CIF B39518659Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
324/10/201124/11/2012
Procedimiento
366/2011 · 2/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación24/11/2012
    ⚖️ SANTANDERProc. 366/2011Auto 02/10/2012

    Edicto. Doña Ana del Mar Íñiguez Martínez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander, Hago saber: 1. Que en el procedimiento concursal 366/2011, por auto de fecha 2 de octubre de 2012 se ha acordado poner fin a la fase común y la apertura de la fase de liquidación en el concurso del deudor "Tecumak Cantabria, S.L.", con CIF número B-39518659 y con domicilio en Santander (Cantabria), calle San Martín del Pino, s/n, zoco Gran Santander, local 161, Peñacastillo. 2. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC. 3. De conformidad con el artículo 145.3 LC se declara la disolución de "Tecumak Cantabria, S.L.", así como el cese de sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4. Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciendose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones. 5. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Santander, 30 de octubre de 2012.- La Secretaria.

  2. Apertura de liquidación15/10/2012
    ⚖️ SANTANDERProc. 2/2011Auto 02/10/2012

    Edicto. Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil núm 1 de Santander, hago saber: 1. Que en el procedimiento concursal 2/2011, por auto de fecha 2 de octubre de 2012 se ha acordado poner fin a la fase común y la apertura de la fase de liquidación en el concurso del deudor Tecumak Cantabria, S.L., con C.I.F. B-39518659, y con domicilio en Santander, (Cantabria), calle San Martín del Pino, s/n, Zoco Gran Santander, local 161, Peñacastillo. 2. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de la administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC. 3. De conformidad con el art. 145.3 LC se declara la disolución de Tecumak Cantabria, S.L., así como el cese de sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4. Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones. 5. En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan de realización de bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Santander, 2 de octubre de 2012.- La Secretaria.

  3. Otro acto concursal24/10/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SantanderProc. 366/2011Auto 06/10/2011

    Edicto María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander, Hago saber: 1.- Que en el procedimiento concursal 366/2011, por auto de fecha 6 de octubre de 2011 se ha declarado en concurso al deudor Tucumak Cantabria, S.L., con C.I.F. B-39518659, y con domicilio en Santander, calle San Martín del Pino, s/n, Zoco Gran Santander, local 161 (Peñacastillo). 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administación concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expreasdos en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenando publicar en el Boletín Oficial del Estado y como Publicidad complementaria en la página Web del TSJC. 4.- Que los acreedores e interesados que desen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Artículo 184.3 LC). Santander, 6 de octubre de 2011.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.