Concurso de acreedores
ELHACHO SL
CIF B92629237Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 10 — 29/01/2015 → 17/11/2021
- Procedimiento
- 1655/2014 · 05/2014
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga
Cronología del expediente
- Declaración de concurso17/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1655/2014Juez : FRANCISCO GARCIA VALVERDEAuto 10/11/2020
Auto de Declaración de cumplimiento de Convenio
- Declaración de concurso15/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1655/2014Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 22/11/2018
Auto de Declaración de cumplimiento de Convenio
- Otro acto concursal15/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1655/2014Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 22/11/2018
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal15/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1655/2014Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 22/11/2018
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso01/10/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1655/2014Juez : FRANCISCO GARCIA VALVERDEAuto 10/11/2020
ACUERDA LA CONCLUSION DEL CONCURSO
- Convenio de acreedores23/11/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaAuto 10/11/2020
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal nº 1655/14 (NIG2906742M20140003085 ) de la concursada ELHACHO, S.L., con CIF B92629237, se ha dictado auto de fecha 10 de noviembre de 2020 acordando la conclusión del concurso por cumplimiento del convenio. Málaga, 17 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Don José María Casasola Díaz.
- Convenio de acreedores09/07/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 05/2014Auto 22/11/2017
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 1655.05/2014 se ha dictado el 22 de noviembre de 2017 Auto por el que se declara cumplido el convenio del concurso de acreedores de ELHACHO, S.L. con CIF B92629237 y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Declaro cumplido el convenio aprobado en el concurso de acreedores de ELHACHO, S.L. Este Auto tendrá la misma publicidad que la resolución dictada aprobando el convenio. Cualquier acreedor que estime incumplido el convenio podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento. La acción podrá ejercitarse desde que se produzca el incumplimiento y caducará a los dos meses contados desde la publicación del Auto de cumplimiento. Déjese testimonio de la presente resolución en la sección de referencia. Frente a este Auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación. Málaga, 28 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
- Declaración de concurso03/06/2019⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1655/2014Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 22/11/2018
SE DECLARA CUMPLIDO EL CONVENIO
- Convenio de acreedores24/05/2016⚖️ MÁLAGAProc. 05/2014Auto 15/03/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga anuncia: Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 1655.05/2014 se ha dictado el 15 de marzo de 2016 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Elhacho, S.L., con CIF B92629237, y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 14 de diciembre de 2015, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Se aprueba la propuesta de convenio presentada por la concursada Elhacho, S.L., sometida a votación en la junta de acreedores de 14 de diciembre de 2015, adquiriendo plena eficacia desde la fecha de esta resolución y cesando los efectos de la declaración del concurso y cesando la administración concursal, quien deberá rendir cuentas de su gestión en el plazo de dos meses desde la notificación de la presente resolución. Publíquese la sentencia en los mismos medios en que se publicó la declaración del concurso y líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga. Málaga, 15 de marzo de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal29/01/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 1655/2014Auto 23/12/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1655/2014, con NIG 2906742M20140003085, por auto de 23 de diciembre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ELHACHO, S.L., con CIF n.º B92629237, con domicilio en Alora (Málaga) C/ Carmona, n.º 19, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra: D.ª REMEDIOS SÁNCHEZ BURGOS, provista de DNI 25094877-Z; española, mayor de edad, con vecindad civil común, domicilio y dirección postal en Málaga, Alameda Principal, n.º 49, CP 29001, teléfono: 952 127 000; profesión: abogada y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 12 de enero de 2015.- Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.