ELHACHO SL
Hoja MA76876· NIF B92629237
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Administrador :
- Molero Mancera Jose Antonio
Información jurídica
Información jurídica de ELHACHO SL
Actividad
ELHACHO SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Álora (Málaga, Andalucía). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 6 de marzo de 2015 al 25 de noviembre de 2021, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Concurso».
Actividad económica (CNAE)
6812
Directivos y representantes
Administradores
Actuales
- Molero Mancera Jose AntonioAdministrador Único
Cartografía de administradores
Cap table · participaciones
Persona física · desde 04/10/2018 · socio único (BORME)
Cartografía de accionistas
Titular real (UBO)
Molero Mancera Jose Antonio100 %
Persona física · titular real último · desde 04/10/2018
Cartografía de titular real
Actos registrados
Cambios
- 04/10/2018Cambio de domicilio social
CTRA DE MALAGA Km 25 - BARRIADA EL PUENTE (ALORA)
- 04/10/2018Declaración de unipersonalidad
MOLERO MANCERA JOSE ANTONIO
Cronología (BORME)
- 25/11/2021#6698746Situación concursal
ELHACHO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1655/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 10/11/2020. Auto de declaración de cumplimiento de convenio. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MALAGA. Juez: FRANCISCO GARCIA VALVERD… - 07/09/2020#6025637Situación concursal
ELHACHO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1655/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 22/11/2018. Auto de conclusión del concurso. Pago a los acreedores. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MALAGA. Juez: MARIA JESUS DEL P… - 04/10/2018#5073337Declaración de unipersonalidadCambio de domicilio social
ELHACHO SL. Declaración de unipersonalidad. Socio único: MOLERO MANCERA JOSE ANTONIO. Cambio de domicilio social. CTRA DE MALAGA Km 25 - BARRIADA EL PUENTE (ALORA). Datos registrales. T 5614, L 4521, F 176, S 8, H MA 76876, I/A 5 (25.09.18).
- 05/05/2017#4360672Situación concursal
ELHACHO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1655/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 15/03/2016. Sentencia de aprobación del convenio. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. Juez: MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZ. Datos registrales. T … - 06/03/2015#3225254Situación concursal
ELHACHO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1655/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 23/12/2014. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. Juez: ANTONIO FUENTES BUJALANCE. Situación concursa…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — CNAE 6812 — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso17/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1655/2014RPC-RC-69127RPCConsultar en el RPC ↗
Auto de Declaración de cumplimiento de Convenio
- Otro acto concursal15/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1655/2014RPC-RC-68891RPCConsultar en el RPC ↗
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal15/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1655/2014RPC-RC-68892RPCConsultar en el RPC ↗
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Declaración de concurso15/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1655/2014RPC-RC-68893RPCConsultar en el RPC ↗
Auto de Declaración de cumplimiento de Convenio
- Conclusión del concurso01/10/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1655/2014RPC-98169RPCConsultar en el RPC ↗Juez: FRANCISCO GARCIA VALVERDEConclusión: cumplimiento de convenio
ACUERDA LA CONCLUSION DEL CONCURSO
- Convenio de acreedores23/11/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaBOE-B-2020-43214 ↗
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal nº 1655/14 (NIG2906742M20140003085 ) de la concursada ELHACHO, S.L., con CIF B92629237, se ha dictado auto de fecha 10 de noviembre de 2020 acordando la conclusión del concurso por cumplimiento del convenio. Málaga, 17 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Don José María Casasola Díaz.
- Convenio de acreedores09/07/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 05/2014BOE-B-2019-30963 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 1655.05/2014 se ha dictado el 22 de noviembre de 2017 Auto por el que se declara cumplido el convenio del concurso de acreedores de ELHACHO, S.L. con CIF B92629237 y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Declaro cumplido el convenio aprobado en el concurso de acreedores de ELHACHO, S.L. Este Auto tendrá la misma publicidad que la resolución dictada aprobando el convenio. Cualquier acreedor que estime incumplido el convenio podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento. La acción podrá ejercitarse desde que se produzca el incumplimiento y caducará a los dos meses contados desde la publicación del Auto de cumplimiento. Déjese testimonio de la presente resolución en la sección de referencia. Frente a este Auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación. Málaga, 28 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
- Declaración de concurso03/06/2019⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1655/2014RPC-12755RPCConsultar en el RPC ↗Juez: MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZ
SE DECLARA CUMPLIDO EL CONVENIO
- Convenio de acreedores24/05/2016⚖️ MÁLAGAProc. 05/2014BOE-B-2016-22322 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga anuncia: Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 1655.05/2014 se ha dictado el 15 de marzo de 2016 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Elhacho, S.L., con CIF B92629237, y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 14 de diciembre de 2015, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Se aprueba la propuesta de convenio presentada por la concursada Elhacho, S.L., sometida a votación en la junta de acreedores de 14 de diciembre de 2015, adquiriendo plena eficacia desde la fecha de esta resolución y cesando los efectos de la declaración del concurso y cesando la administración concursal, quien deberá rendir cuentas de su gestión en el plazo de dos meses desde la notificación de la presente resolución. Publíquese la sentencia en los mismos medios en que se publicó la declaración del concurso y líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga. Málaga, 15 de marzo de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal29/01/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 1655/2014BOE-B-2015-2541 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1655/2014, con NIG 2906742M20140003085, por auto de 23 de diciembre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ELHACHO, S.L., con CIF n.º B92629237, con domicilio en Alora (Málaga) C/ Carmona, n.º 19, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra: D.ª REMEDIOS SÁNCHEZ BURGOS, provista de DNI 25094877-Z; española, mayor de edad, con vecindad civil común, domicilio y dirección postal en Málaga, Alameda Principal, n.º 49, CP 29001, teléfono: 952 127 000; profesión: abogada y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 12 de enero de 2015.- Secretario judicial.