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Concurso de acreedores
DOMUS URBANA SL
CIF B53759437Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 01/02/2010 → 26/11/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso26/11/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteAuto 12/11/2013
Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en fecha 12 de noviembre de 2013, se ha dictado auto de conclusión del concurso que se tramita en este Juzgado con el n.º 301/08, frente a la mercantil Domus Urbana, S.L., con CIF número B-53759437, con domicilio en calle Bazan, n.º 12, 1.º D, Alicante, cuya parte dispositiva es la siguiente: 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Domus Urbana, S.L., con CIF número B-53759437, con domicilio en calle Bazán, n.º 12, 1.º D, Alicante. 2. El deudor Domus Urbana, S.L., queda responsable del pago de los creditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Domus Urbana, S.L., que vinieron en su dia acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4.- Se acuerda la extinción de Domus Urbana, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, librese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administracion concursal en su informe de fecha 25 de julio de 2013. 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requierase la devolución de la credencial. Contra esta resolución no cabe recurso (art 177). Alicante, 12 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Apertura de liquidación01/02/2010⚖️ ALICANTEAuto 14/09/2009
Edicto Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante da publicidad al auto de apertura de liquidación dictado por este Juzgado, por medio de auto de fecha 14 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Primero.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación. Segundo.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título Ill de la Ley Concursal. Tercero.- Se declara la disolución de la mercantil Domus Urbana, S.L., con CIF B-53759437, así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- Dentro de los 5 días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Artículo 168 Ley Concursal). Alicante, 14 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial, don Virginio Sánchez Barberán.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.