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Concurso de acreedores

CONSTRUCCIONES COFERFI SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95356895Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
226/05/201211/05/2016
Procedimiento
459/2008
Juzgado
juzgado de lo mercantil n.º 2 de Bilbao

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal11/05/2016
    ⚖️ juzgado de lo mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 459/2008Auto 27/04/2016

    EDICTO El juzgado de lo mercantil n.º 2 de Bilbao, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 459/2008 en el que figura como concursados las entidades Construcciones Fernandez Fidalgo S.L, con CIF, B95205597, Construcciones Coferfi, S.L, con CIF B95356895 y Ferrolan 2007, S.L, con CIF B95471892, se ha dictado el 27/04/16 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno Bilbao (Bizkaia), 27 de abril de 2016.- El letrado de la administración de justicia.

  2. Declaración de concurso26/05/2012
    ⚖️ BILBAOProc. 459/2008Auto 07/05/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 459/2008 referente al concursado "Construcciones Coferfi, S.L.U.", "Construcciones Fernández Fidalgo, S.L.", y "Ferrolán 2007, S.L.", DNI B95356895, B95205597 y B95471892, por auto de fecha 7 de mayo de 2012, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acodar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la, cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituídos por la Administración concursal. 4. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Público Concursal cuando esté operativo, y tablón de anuncios de la oficina judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC), preferentemente por vía telemática. 5. Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos preferentemente por vía telemática (artículos 24 y 144 de la LC). 6. Que en el plazo de quince días computados desde la notiifcación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los binenes y derechos integrados en al masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 7. Una vez se aprueba el plan de liquidación fórmese la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.d1.2 de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 7 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.