REG GALILEO 72 SL

Hoja M343067· NIF B83849497

Extinguida · 31/12/2020Madrid
Domicilio :
Actividad :
Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de REG GALILEO 72 SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000271973258
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadMadrid
Referencia registralTomo 19533 · Folio 24 · Hoja M343067
EstadoLiquidada

Actividad

REG GALILEO 72 SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Madrid. Su actividad declarada es «Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia» (CNAE 6820). El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 29 de mayo de 2009 al 31 de diciembre de 2020, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Actividad económica (CNAE)

6820 · Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Apoderados

Antiguos

Cartografía de administradores

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Actos registrados

  1. Ceses/DimisionesPublicado 31/12/2020· Inscrito 23/12/2020· I/A 4
  2. ExtinciónPublicado 31/12/2020· Inscrito 23/12/2020· I/A 4
  3. Ceses/DimisionesPublicado 29/05/2009· Inscrito 19/05/2009· I/A 3
  4. NombramientosPublicado 29/05/2009· Inscrito 19/05/2009· I/A 3

Cambios

  1. 31/12/2020Extinción

Cronología (BORME)

  1. 31/12/2020#6195652
    Ceses/DimisionesExtinción
    REG GALILEO 72 SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: HOTEL PROYECT VEINTISEIS SL;FOMENTO DE RENTAS URBANAS SL. Representan: PEREZ VISIEDO MARIA PAZ;CATALAN HEREDERO CARLOS. Situación concursal. Procedimiento concursal 1248/2020. FIRME: Si, Fecha de reso
  2. 04/11/2020#6102416
    REG GALILEO 72 SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1248/2020. FIRME: No, Fecha de resolución 8/10/2020. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 6 DE MADRID. Juez: JUEZ: DON FRANCISCO JA
  3. 29/05/2009#235657
    Ceses/DimisionesNombramientos
    REG GALILEO 72 SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: ANCA HOTELES SL. Representan: CATALAN DIAZ ANTONIO JESUS. Nombramientos. Adm. Solid.: HOTEL PROYECT VEINTISEIS SL. Representan: CATALAN HEREDERO CARLOS. Datos registrales. T 19533 , F 23, S 8, H M 343

Documentos oficiales

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Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

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Público

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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia — están listadas juntas.

Justicia · concursos

  1. Declaración de concurso27/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 1248/2020
    Juez: Rosa Begué CuadradoConcurso: Consecutivo

    Debo declarar y declaro al deudor JOSE MANUEL SANCHO AMADO de nacionalidad española, con documento de identidad nº 33.862.759-C y con domicilio en la calle Brasil n.º 6, piso 2º, puerta 4ª de Sabadell, en situación de concurso consecutivo con todos

    RPC-39394RPCConsultar en el RPC ↗
  2. Otro acto concursal27/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 1248/2020
    Juez: Miguel Ángel Chamorro GonzálezConcurso: Consecutivo

    1.-Debo declarar y declaro al deudor/a Don Amadou Samba Ba Sy DNI: 24.434.623-K en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración y, en concreto, declaro y acuerdo: a) El carácter voluntario del concur

    RPC-39395RPCConsultar en el RPC ↗
  3. Declaración de concurso14/10/2020
    ⚖️ MADRIDProc. 1248/2020

    EDICTO Juzgado de lo Mercantil n° 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1°.- Que en el procedimiento número 1248/2020, por Auto dictado en fecha 8 de octubre de 2020, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Reg Galileo, S.L., con CIF B83849497. 2°.- Que la mercantil Reg Galileo, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio. 3°.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 5° del artículo 465 TRLCo, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial: a.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado. b.- Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el artículo 24 LC; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE. c.- Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución. Conserva la deudora solicitante, tras la finalización del concurso, personalidad jurídica y capacidad de obrar y para ser parte, si bien residual (STS, sala 1ª de 24 de mayo de 2017) para la adopción y ejecución por sus órganos sociales de los acuerdos que permitan la completa disolución y liquidación de sus relaciones obligacionales activas y/o pasivas, así como para cumplimentar las obligaciones fiscales, laborales, tributarias y de Seguridad Social en su caso-; distribuyendo el remanente resultante por el orden de prelación del Código Civil; tras lo cual podrá acordar -con las prevenciones exigidas legalmente para la misma- la escritura de extinción societaria. Madrid, 8 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.

    BOE-B-2020-35027
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