PROMOCIONES LQP SL

Hoja A80975· NIF B53837449

Extinguida · 18/11/2014Alicante
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de PROMOCIONES LQP SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000398737789
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadAlicante/Alacant
Referencia registralTomo 2731 · Folio 145 · Hoja A80975
Denominaciones anteriores
PROMOCIONES LQP SL EN LIQUIDACION2013-01-31 → 2013-02-01
EstadoLiquidada

Actividad

PROMOCIONES LQP SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Alicante/Alacant (Alicante, Comunitat Valenciana). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 13 de abril de 2011 al 18 de noviembre de 2014, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Apoderados

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 18/11/2014· Inscrito 11/11/2014· I/A 8
  2. Ceses/DimisionesPublicado 31/01/2013
  3. DisoluciónPublicado 31/01/2013
  4. RevocacionesPublicado 13/04/2011· Inscrito 01/04/2011· I/A 6

Cambios

  1. 18/11/2014Extinción
  2. 31/01/2013Cambio de denominación social

    PROMOCIONES LQP SLPROMOCIONES LQP SL EN LIQUIDACION

  3. 31/01/2013Disolución

Cronología (BORME)

  1. 18/11/2014#3067141
    Extinción
    PROMOCIONES LQP SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 534/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/10/2014. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES 
  2. 01/02/2013#2101374

    Denominación: PROMOCIONES LQP SL EN LIQUIDACION

    PROMOCIONES LQP SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 534/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 21/12/2012. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA.
  3. 31/01/2013#2099028

    Denominación: PROMOCIONES LQP SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    PROMOCIONES LQP SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: SOGORB CORTES JUAN JOSE. Situación concursal. Procedimiento concursal 534/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 20/07/2012. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 DE
  4. 02/03/2012#1620557
    PROMOCIONES LQP SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 534/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 2/01/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA. Situación conc
  5. 13/04/2011#1169573
    Revocaciones
    PROMOCIONES LQP SL. Revocaciones. Apoderado: SOGORB CORTES YOLANDA. Datos registrales. T 2731 , F 144, S 8, H A 80975, I/A 6 ( 1.04.11).

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Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

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Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso30/10/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante

    Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente hago saber que en fecha 20 de octubre de 2014 se ha dictado auto de conclusión de la sociedad Promociones LQP, S.L., con CIF/NIF número B53837449, con domicilio en plaza Alcalde Agatángelo Soler, n.º 7, entresuelo k, Alicante que se tramita en este juzgado con el n.º 534/11 cuya parte dispositiva es la siguiente: 1.-Se declara concluso el concurso de acreedores de Promociones LQP, S.L. 2.-El deudor Promociones LQP, S.L., queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3.-Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Promociones LQP, S.L. que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4.-Se acuerda la extinción de Promociones LQP, S.L. decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5.-Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 10 de septiembre 2014. 6.-Se acuerda el cese de lo Administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art 177). Alicante, 21 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

    BOE-B-2014-38126
  2. Apertura de liquidación21/01/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteProc. 1/2009

    Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente hago saber: Que en fecha 20 de julio de 2012 se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura de liquidación de la mercantil Promociones LQP, S.L., con C.I.F B-53837449 que se tramita en este Juzgado con el Número 534/11-r, cuya parte dispositiva es la siguiente: 1. Se acuerda poner fin a la fase común. 2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 3. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4. Se declara la disolución de la mercantil concursada Promociones LQP, S.L., con C.I.F B-53837449 y domicilio social en Alicante (03015), plaza Alcalde Agatangelo, n.º 7, entresuelo K, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.731, folio 143, Hoja A-80.975, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte. 5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concurales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 6. Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en ele BOE de forma gratuita. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal. Modo de Impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y Disposición adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre). Se considera la apelación más próxima a los efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4. A los efectos dichos déjese nota de esta resolución a los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por parte que no esté personada en el proceso concursal general. Alicante, 20 de julio de 2012.- La Secretaria.

    BOE-B-2013-1978
  3. Otro acto concursal30/04/2012
    ⚖️ ALICANTE

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante anuncia: 1. De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 14 de marzo de 2012, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el: 534/11-R y de la concursada Promociones LQP, S.L., con CIF B-53837449. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Alicante, 4 de abril de 2012.- El Secretario Judicial, Cristina Cifo González.

    BOE-B-2012-14358
  4. Otro acto concursal04/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteProc. 01/2012

    Edicto. Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.-Que por auto de fecha 2/01/2012 en el procedimiento n.º de autos 534/11 y N.IG.03014-66-2-2011-0001339 se ha declarado en concurso voluntario abreviado a la deudora "Promociones Lqp, S.L.", con C.I.F n.º B-53837449, y domicilio social en Alicante (03015), plaza Alcalde Agatángelo, n.º 7, entresuelo K. Segundo.-Que la deudora conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado Administrador concursal don Federico Villena Villena, con domicilio postal en Alicante (03003), calle Reyes Católicos, n.º 3, 4.º, teléfono 965 432 111, móvil 678 578 258 y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85. Cuarto.-Que los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 16 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial, Cristina Cifo González.

    BOE-B-2012-3578
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