ONAS RESTAURACION SL
Hoja PM35144· NIF B57015653
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Administrador :
- Aloy Creus Jorge
Información jurídica
Información jurídica de ONAS RESTAURACION SL
Actividad
ONAS RESTAURACION SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Illes Balears. El Registro Mercantil ha publicado 3 actos sobre esta sociedad, del 19 de noviembre de 2009 al 1 de agosto de 2012.
Directivos y representantes
Administradores
Actuales
- Aloy Creus JorgeAdministrador solidarioAdministrador Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 19/11/2009· Inscrito 09/11/2009· I/A 2
Cronología (BORME)
- 01/08/2012#1840335
ONAS RESTAURACION SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 629/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 13/06/2012. Auto de declaración de concurso. Necesario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA. … - 16/02/2012#1595226
ONAS RESTAURACION SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 1739 , F 47, S 8, H PM 35144, I/A Nota B ( 7.02.12).
- 19/11/2009#473111Ceses/Dimisiones
ONAS RESTAURACION SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: OMAR LAQUINTANA DANIEL. Datos registrales. T 1739 , F 47, S 8, H PM 35144, I/A 2 ( 9.11.09).
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Illes Balears — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal28/02/2013⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 629/2010BOE-B-2013-7931 ↗
Doña Paula Cristina de Juan Salvá, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por la presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 629/2010 sobre concurso de acreedores de la entidad Onas Restauración, S.L., se ha dictado auto con fecha 19 de febrero de 2013, en el que se acuerda: Concluir el presente procedimiento concursal de Onas Restauración, S.L., con CIF n.º B57015653 con archivo de las actuaciones. Palma de Mallorca, 22 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso06/08/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 629/2010BOE-B-2012-27770 ↗
Paula Cristina de Juan Salvá, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, hace saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 629/2010-B (NIG 07040 47 1 2010/0001095) se ha dictado en fecha 13.06.2012 Auto de Declaración de Concurso necesario ordinario del deudor Onas Restauración S.., con CIF b57015653, y con domicilio en C/ Pere Nadal, n.º 6, entlo, Palma. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada en las que será sustituida por la Administración Concursal. 3º.- Se ha nombrado Administrador Concursal a D. Feliu Martorell Brotad, letrado, con domicilio profesional en calle Olmos, n.º 50, 1.º, escalera A, Palma Código postal 07003 y dirección de correo electrónico: [email protected] 4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. 5º.- Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 27 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.