ONAS RESTAURACION SL

Hoja PM35144· NIF B57015653

VigenteIlles Balears
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Administrador :
Aloy Creus Jorge

Información jurídica

Información jurídica de ONAS RESTAURACION SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000091068762
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Registro MercantilPALMA DE MALLORCA
Referencia registralTomo 1739 · Folio 47 · Hoja PM35144
EstadoVigente

Actividad

ONAS RESTAURACION SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Illes Balears. El Registro Mercantil ha publicado 3 actos sobre esta sociedad, del 19 de noviembre de 2009 al 1 de agosto de 2012.

Directivos y representantes

Administradores

Actuales

Cartografía de administradores

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Actos registrados

  1. Ceses/DimisionesPublicado 19/11/2009· Inscrito 09/11/2009· I/A 2

Cronología (BORME)

  1. 01/08/2012#1840335
    ONAS RESTAURACION SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 629/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 13/06/2012. Auto de declaración de concurso. Necesario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA. 
  2. 16/02/2012#1595226
    ONAS RESTAURACION SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 1739 , F 47, S 8, H PM 35144, I/A Nota B ( 7.02.12).
  3. 19/11/2009#473111
    Ceses/Dimisiones
    ONAS RESTAURACION SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: OMAR LAQUINTANA DANIEL. Datos registrales. T 1739 , F 47, S 8, H PM 35144, I/A 2 ( 9.11.09).

Documentos oficiales

Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.

Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.

Público

Certificación de estatutos sociales

Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.

Público

Certificación de poderes

Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).

Público

Certificación de vigencia y cargos

Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.

Público

Certificación de titularidades reales

Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.

Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

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Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaC/ Pere Nadal, 6, entresuelo, MALLORCA, PALMA, Illes Balears

Prospectar

Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Illes Balears — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal28/02/2013
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 629/2010

    Doña Paula Cristina de Juan Salvá, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por la presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 629/2010 sobre concurso de acreedores de la entidad Onas Restauración, S.L., se ha dictado auto con fecha 19 de febrero de 2013, en el que se acuerda: Concluir el presente procedimiento concursal de Onas Restauración, S.L., con CIF n.º B57015653 con archivo de las actuaciones. Palma de Mallorca, 22 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-7931
  2. Declaración de concurso06/08/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 629/2010

    Paula Cristina de Juan Salvá, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, hace saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 629/2010-B (NIG 07040 47 1 2010/0001095) se ha dictado en fecha 13.06.2012 Auto de Declaración de Concurso necesario ordinario del deudor Onas Restauración S.., con CIF b57015653, y con domicilio en C/ Pere Nadal, n.º 6, entlo, Palma. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada en las que será sustituida por la Administración Concursal. 3º.- Se ha nombrado Administrador Concursal a D. Feliu Martorell Brotad, letrado, con domicilio profesional en calle Olmos, n.º 50, 1.º, escalera A, Palma Código postal 07003 y dirección de correo electrónico: [email protected] 4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. 5º.- Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 27 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2012-27770
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