INOXSOLLER SL
Hoja PM27825· NIF B07861743
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de INOXSOLLER SL
Actividad
INOXSOLLER SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Illes Balears. El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 27 de julio de 2012 al 29 de diciembre de 2015, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Barrilero Cazalla AntonioCese el 08/01/2013Administrador Mancomunado
- Barrilero Cazalla Francisco-JavierCese el 08/01/2013Administrador Mancomunado
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 29/12/2015Extinción
- 18/01/2013Cambio de denominación social
INOXSOLLER SL→INOXSOLLER SL EN LIQUIDACION
- 18/01/2013Disolución
Cronología (BORME)
- 29/12/2015#3652325Extinción
INOXSOLLER SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 338/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/11/2015. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALM… - 26/03/2013#2195856
Denominación: INOXSOLLER SL EN LIQUIDACION
Situación concursalINOXSOLLER SL EN LIQUIDACION(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 338/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 31/10/2012. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MA… - 26/03/2013#2195855
Denominación: INOXSOLLER SL EN LIQUIDACION
Situación concursalINOXSOLLER SL EN LIQUIDACION(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 338/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 5/02/2011. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MAL… - 18/01/2013#2076036
Denominación: INOXSOLLER SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónINOXSOLLER SL EN LIQUIDACION(R.M. PALMA DE MALLORCA). Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: BARRILERO CAZALLA ANTONIO;BARRILERO CAZALLA FRANCISCO-JAVIER. Situación concursal. Procedimiento concursal 338/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 31/10/2012. Auto… - 27/07/2012#1834345Situación concursal
INOXSOLLER SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 338/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 25/06/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA. Juez: …
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
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Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
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Informe sobre la posición de riesgo
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Illes Balears — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal28/11/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de PalmaBOE-B-2015-35734 ↗
Don Esteban Martínez Rovira, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma, Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario n.º 338/12-A seguido a instancias de INOXSOLLER, S.L., con CIF n.º B07861743 en los que, por resolución de fecha 20 de noviembre de 2015 se ha acordado: La conclusión del presente procedimiento concursal de INOXSOLLER, S.L, con archivo de las actuaciones. Se aprueban las cuentas rendidas por la Administración concursal. Se acuerda la extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. Palma de Mallorca, 20 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso12/07/2012⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 338/2012BOE-B-2012-24380 ↗
Doña Paula Cristina de Juan Salvá, Secretaria judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 338/2012-A (NIG: 07040 47 1 2012/0000547) se ha dictado en fecha 25 de junio de 2012 auto de declaración de concurso voluntario ordinario de la deudora "Inoxsoller, S.L.", con CIF B07861743, y con domicilio social en C/ Juan XXIII, n.º 4, bajos de Soller. 2.º-Se ha acordado la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la concursada. 3.º-Se ha nombrado Administrador concursal al abogado don Joan Pere Capllonch Cerda, con domicilio profesional en avenida Comte de Sallent, N.º 2, 2.º B, de Palma de Mallorca, CP 07003 y dirección de correo electrónico [email protected] 4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. 5.º-Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de letrado/a (art. 184 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 6 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.