EL HORNO DE ASAR SL
Hoja PM12289· NIF B07216195
- Domicilio :
- Actividad :
- Restaurantes y puestos de comidas
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de EL HORNO DE ASAR SL
Actividad
EL HORNO DE ASAR SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Illes Balears. Su actividad declarada es «Restaurantes y puestos de comidas» (CNAE 5610). El Registro Mercantil ha publicado 7 actos sobre esta sociedad, del 2 de diciembre de 2014 al 14 de mayo de 2024, repartidos en 5 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Extinguida».
Actividad económica (CNAE)
5610 · Restaurantes y puestos de comidas
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Castello Skorowitch SandraCese el 06/11/2017Administrador Único
- Gutierrez Semprun Aznar TeresaCese el 25/11/2014Administrador Único
Apoderados
Antiguos
- Mota Jauregui Maria AntoniaCese el 03/05/2024Apoderado
- Rodriguez Aznar JoaquinCese el 03/05/2024Apoderado
- Rodriguez Rodriguez JoaquinCese el 03/05/2024Apoderado Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
- RevocacionesPublicado 14/05/2024· Inscrito 03/05/2024· I/A 11
- ExtinciónPublicado 14/05/2024· Inscrito 03/05/2024· I/A 11
- Ceses/DimisionesPublicado 16/11/2017· Inscrito 06/11/2017· I/A 9
- DisoluciónPublicado 16/11/2017· Inscrito 06/11/2017· I/A 9
- Ceses/DimisionesPublicado 02/12/2014· Inscrito 25/11/2014· I/A 8
- NombramientosPublicado 02/12/2014· Inscrito 25/11/2014· I/A 8
Cambios
- 14/05/2024Extinción
- 16/11/2017Cambio de denominación social
EL HORNO DE ASAR SL→EL HORNO DE ASAR SL EN LIQUIDACION
- 16/11/2017Disolución
Cronología (BORME)
- 14/05/2024#8075388RevocacionesExtinción
EL HORNO DE ASAR SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Revocaciones. Apoderado: MOTA JAUREGUI MARIA ANTONIA;RODRIGUEZ AZNAR JOAQUIN. Apo.Sol.: RODRIGUEZ RODRIGUEZ JOAQUIN. Situación concursal. Procedimiento concursal 220/2017. FIRME: Si, Fecha de resolución 15… - 24/04/2018#4851941
Denominación: EL HORNO DE ASAR SL EN LIQUIDACION
EL HORNO DE ASAR SL EN LIQUIDACION(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 220/2017. FIRME: Si, Fecha de resolución 8/01/2018. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA … - 16/11/2017#4619825
Denominación: EL HORNO DE ASAR SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónEL HORNO DE ASAR SL EN LIQUIDACION(R.M. PALMA DE MALLORCA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: CASTELLO SKOROWITCH SANDRA. Situación concursal. Procedimiento concursal 220/2017. FIRME: Si, Fecha de resolución 9/06/2017. Auto de declaración de concurso. Vo… - 02/12/2014#3090813Ceses/DimisionesNombramientos
EL HORNO DE ASAR SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: GUTIERREZ SEMPRUN AZNAR TERESA. Nombramientos. Adm. Unico: CASTELLO SKOROWITCH SANDRA. Datos registrales. T 1409 , F 68, S 8, H PM 12289, I/A 8 (25.11.14).
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
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Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Restaurantes y puestos de comidas — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso16/04/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 220/2017RPC-327765RPCConsultar en el RPC ↗Juez: Rocío María Tomas MarínConclusión: por finalizacion de la fase de liquidacion
Se ha dictado auto de conclusión de concurso voluntario de la entidad mercantil EL HORNO DE ASAR S.L. habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal
- Declaración de concurso29/06/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de MallorcaProc. 6/2017BOE-B-2017-40458 ↗
D. Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 220/17 y NIG 07040 47 1 2017 0000538, se ha dictado en fecha 9/6/2017 auto de declaración de concurso voluntario ordinario y apertura de la fase de liquidación del deudor El Horno de Asar, S.L., con CIF B-07216195 y domicilio social en Calle Fábrica, nº 14, bajos, de Palma de Mallorca. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 3º.- Que el abogado nombrado administrador concursal, D. Iñigo Azcona Soria, en fecha 21/06/2017, ha aceptado el cargo. 4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Av. Alejandro Rossello Nº 26 – 1º, 07002 Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 21 de junio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.