CURMAR SOCIEDAD ANONIMA

Hoja GC10771· NIF A35072214

ConcursoLas Palmas
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Anónima (SA)
Administradores :
Franco Hierro Carmen, Santana Gomez Maria Josefa

Información jurídica

Información jurídica de CURMAR SOCIEDAD ANONIMA

NIF
Hoja registral
IRUS1000060281242
Forma jurídicaSociedad Anónima (SA)
Referencia registralTomo 1175 · Folio 77 · Hoja GC10771
EstadoConcurso

Actividad

CURMAR SOCIEDAD ANONIMA es una Sociedad Anónima (SA) con domicilio social en Las Palmas, Canarias. El Registro Mercantil ha publicado 7 actos sobre esta sociedad, del 5 de agosto de 2010 al 16 de noviembre de 2012, repartidos en 4 tipos de acto distintos.

Directivos y representantes

Administradores

Actuales

Antiguos

Cartografía de administradores

2 nodos Persona Sociedad
CURMAR SOCIEDAD ANONI…Franco Hierro CarmenFranco Hierro Carmen

Actos registrados

  1. Ceses/DimisionesPublicado 10/05/2011· Inscrito 27/04/2011· I/A 11
  2. NombramientosPublicado 10/05/2011· Inscrito 27/04/2011· I/A 11
  3. Modificaciones estatutariasPublicado 10/05/2011· Inscrito 27/04/2011· I/A 11
  4. Cambio de domicilio socialPublicado 10/05/2011· Inscrito 27/04/2011· I/A 11
  5. Ceses/DimisionesPublicado 05/08/2010· Inscrito 26/07/2010· I/A 10
  6. NombramientosPublicado 05/08/2010· Inscrito 26/07/2010· I/A 10

Cambios

  1. 10/05/2011Cambio de domicilio social

    C/ TENDERETITOS, S/N - CENTRO COMERCIAL EL BOTANI (SAN BARTOLOME DE TIRAJANA

  2. 10/05/2011Modificaciones estatutarias

Cronología (BORME)

  1. 16/11/2012#1986818
    CURMAR SOCIEDAD ANONIMA(R.M. LAS PALMAS). Situación concursal. Procedimiento concursal 42/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/10/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCNATIL. Juez: ALBERTO LOPEZ VILLARRUBIA.
  2. 10/05/2011#1204125
    Ceses/DimisionesNombramientosModificaciones estatutariasCambio de domicilio social
    CURMAR SOCIEDAD ANONIMA(R.M. LAS PALMAS). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: MARTIN FRANCO ALEJANDRO. Nombramientos. Adm. Unico: FRANCO HIERRO CARMEN. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: 6. Domicilio.-. Cambio de domicilio social. C/ T
  3. 05/08/2010#834846
    Ceses/DimisionesNombramientos
    CURMAR SOCIEDAD ANONIMA(R.M. LAS PALMAS). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: MARTIN FALCON ANTONIO. Nombramientos. Adm. Unico: MARTIN FRANCO ALEJANDRO. Datos registrales. T 1175 , F 77, S 8, H GC 10771, I/A 10 (26.07.10).

Documentos oficiales

Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.

Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.

Público

Certificación de estatutos sociales

Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.

Público

Certificación de poderes

Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).

Público

Certificación de vigencia y cargos

Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.

Público

Certificación de titularidades reales

Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.

Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

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Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaC/ TENDERETITOS, S/N - CENTRO COMERCIAL EL BOTANI (SAN BARTOLOME DE TIRAJANA, Las Palmas
Otros sitios asociadosReservado para usuarios registrados
Direcciones publicadasReservado para usuarios registrados
HorarioReservado para usuarios registrados

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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Las Palmas — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal11/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 42/2012

    Edicto. Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal abreviado voluntario número 42/2012, de Curmar, S.A., con CIF n.º A35072214, se han presentado por Alcibiades Trancho Lemes, Textos Definitivos del Informe de la Administración Concursal. Procédase a la publicación establecida en el artículo 95 de la Ley Concursal, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios del Juzgado y póngase de manifiesto el informe en la oficina judicial a los acreedores a los fines y efectos del artículo 97 bis y ter de la Ley Concursal. Finalizados los plazos pasen los autos a S.S.ª para acordar sobre el fin de la fase común del concurso. Y para que sirva de publicación a los efectos previstos en la Ley, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 25 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2014-8705
  2. Declaración de concurso26/11/2013
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 3/2009

    Edicto Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de G.C., Por el presente hago saber: Que en el procedimiento concursal abreviado voluntario instado por el procurador José Luis Ojeda Delgado en nombre y representación de Curmar, S.A., con CIF A-35072214; se ha dictado auto el día 14 de noviembre de 2013, en cuya parte dispositiva consta que: Acuerdo: Dispongo: Se acuerda la apertura de la fase liquidación de Curmar, S.A. De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Se acuerda la suspensión del/la concursado/a en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley. Se declara la disolución y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley Concursal. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Se hace saber a la administración concursal que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal. Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso. Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal. Hágase saber a la administración concursal que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal. Notifíquese la presente resolución al/la concursado/a, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 14 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-44653
  3. Declaración de concurso06/11/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003

    Edicto. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000042/2012, seguido a instancias del Procurador don José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de "Curmar, S.A.", se ha dictado auto el día 4 de octubre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de "Curmar, S.A.", con CIF n.º A-35072214, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y tablón de nuncios de la oficina judicial. Se designa como Administrador concursal a don Alcibiades Trancho Lemes, Economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Triana, 68, 4.º, Las Palmas de Gran Canaria, y código postal 35002, teléfono 928 98 15 28 y fax 928 98 07 66, así como dirección electrónica [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en forma en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, artículo 184.3 de la LC y la remisión de los créditos por los acreedores se remitirá directamente a la administración concursal, artículo 85 de la reformada Ley Concursal. Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez.-Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.-Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 18 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2012-37685
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