CREACIONES DUCAL SL

Hoja V15254· NIF B46078432

Extinguida · 23/11/2016Valencia
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Capital social :
1 703 226,12 €

Información jurídica

Información jurídica de CREACIONES DUCAL SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000409028880
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Capital social1 703 226,12 €
LocalidadAlzira
Referencia registralTomo 3804 · Folio 155 · Hoja V15254
Denominaciones anteriores
CREACIONES DUCAL SL EN LIQUIDACION2010-06-28 → 2011-09-26
EstadoLiquidada

Actividad

CREACIONES DUCAL SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Alzira (Valencia, Comunitat Valenciana). El Registro Mercantil ha publicado 9 actos sobre esta sociedad, del 2 de abril de 2009 al 23 de noviembre de 2016, repartidos en 6 tipos de acto distintos. Su capital social inscrito asciende a 1 703 226,12 €. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 23/11/2016· Inscrito 16/11/2016· I/A 32
  2. Ceses/DimisionesPublicado 28/06/2010· Inscrito 17/06/2010· I/A 31
  3. DisoluciónPublicado 28/06/2010· Inscrito 17/06/2010· I/A 31
  4. Ceses/DimisionesPublicado 07/09/2009· Inscrito 27/08/2009· I/A 29
  5. NombramientosPublicado 07/09/2009· Inscrito 27/08/2009· I/A 29
  6. Modificaciones estatutariasPublicado 07/09/2009· Inscrito 27/08/2009· I/A 29
  7. Ampliación de capitalPublicado 02/04/2009· Inscrito 24/03/2009· I/A 28

Cambios

  1. 23/11/2016Extinción
  2. 28/06/2010Cambio de denominación social

    CREACIONES DUCAL SLCREACIONES DUCAL SL EN LIQUIDACION

  3. 28/06/2010Disolución
  4. 07/09/2009Modificaciones estatutarias

Capital · eventos

  1. 02/04/2009Ampliación de capital
    Capital resultante: 1 703 226,12 € (+500 004,00 €)

Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.

Cronología (BORME)

  1. 23/11/2016#4122660
    Extinción
    CREACIONES DUCAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1044/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 25/10/0212. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: ROSA SONSOLES 
  2. 26/09/2011#1390068

    Denominación: CREACIONES DUCAL SL EN LIQUIDACION

    CREACIONES DUCAL SL EN LIQUIDACION. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 3804, L 1116, F 154, S 8, H V 15254, I/A 31 M (15.09.11).
  3. 28/06/2010#783308

    Denominación: CREACIONES DUCAL SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    CREACIONES DUCAL SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: BORRAS MONTALVA FRANCISCO. Situación concursal. Procedimiento concursal 1044/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 10/06/2010. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 
  4. 06/10/2009#410134
    CREACIONES DUCAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1044/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 17/09/2009. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: PRESENCIA CRESPO, FERNANDO
  5. 07/09/2009#375239
    Ceses/DimisionesNombramientosModificaciones estatutarias
    CREACIONES DUCAL SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: BORRAS MONTALVA FRANCISCO;PEREZ GIL FERNANDO. Nombramientos. Adm. Unico: BORRAS MONTALVA FRANCISCO. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Administradores solidarios a Adm
  6. 02/04/2009#153103
    Ampliación de capital
    CREACIONES DUCAL SL. Ampliación de capital. Capital: 500.004,00 Euros. Resultante Suscrito: 1.703.226,12 Euros. Datos registrales. T 3804, L 1116, F 154, S 8, H V 15254, I/A 28 (24.03.09).

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Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso19/11/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

    Edicto. D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado -001044/2009 Voluntario, de la deudora Concursada CREACIONES DUCAL, S.L., con CIF B46078432, con domicilio en la carretera ALBALAT, km 1,500, ALZIRA/VALENCIA, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veinticinco de octubre de dos mil doce por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registro Públicos que corresponda. El deudor, caso de tratarse de persona física, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 25 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2016-58756
  2. Apertura de liquidación07/07/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 1044/2009

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Proc. Concursal Abreviado n.º 1044/2009 voluntario, de la deudora Concursada Creaciones Ducal, S.L., con CIF n.º B-46078432, con domicilio en carretera Albalat, Km 1,500, Alzira (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 10 de junio de 2010, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 10 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2010-24098
  3. Declaración de concurso06/10/2009
    ⚖️ VALENCIA.Proc. 1044/2009

    Don Jorge Victor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, De conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado Voluntario n.º 1044/2009, habiéndose dictado en fecha 17 de septiembre de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Creaciones Ducal, S.L., con domicilio en carretera Albalat, km 1,500, Alzira (Valencia) y CIF n.º B-46078432, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, en los folios del 195 al 209 ambos inclusive y 225 del tomo 502 (antes, tomo 156), libro 156 de la Sección Cuarta del Libro de Sociedades relativa a las sociedades limitadas, hoja 3546; y a los folios del 144 al 154 ambos inclusive del tomo 3.804, libro 1.116, Sección general del Libro de sociedades, Hoja V-15254. Que se ha acordado la Intervencion de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la utorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicacion acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 17 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2009-33606
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