CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL

Hoja MU48571· NIF B53723235

Extinguida · 08/03/2021Murcia
Domicilio :
Actividad :
Construcción de carreteras y autopistas
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000145761051
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadMurcia
Referencia registralTomo 2125 · Folio 202 · Hoja MU48571
Denominaciones anteriores
CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL EN LIQUIDACION2018-05-31 → 2020-02-19
EstadoLiquidada

Actividad

CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Murcia. Su actividad declarada es «Construcción de carreteras y autopistas» (CNAE 4211). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 26 de junio de 2012 al 8 de marzo de 2021, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Actividad económica (CNAE)

4211 · Construcción de carreteras y autopistas

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 08/03/2021· Inscrito 01/03/2021· I/A 5
  2. Ceses/DimisionesPublicado 31/05/2018
  3. DisoluciónPublicado 31/05/2018

Cambios

  1. 08/03/2021Extinción
  2. 31/05/2018Cambio de denominación social

    CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SLCONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL EN LIQUIDACION

  3. 31/05/2018Disolución

Cronología (BORME)

  1. 08/03/2021#6296605
    Extinción
    CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 145/2018. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/10/2019. Auto de conclusión del concurso. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MURCIA. Juez: MARIA DOLORES DE LAS H
  2. 19/02/2020#5802592

    Denominación: CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL EN LIQUIDACION

    CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL EN LIQUIDACION. Otros conceptos: Declarado FALLIDO por la Agencia Tributaria Delegación Especial de Murcia. Datos registrales. T 2125 , F 202, S 8, H MU 48571, I/A c (11.02.20).
  3. 17/08/2018#5015288

    Denominación: CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL EN LIQUIDACION

    CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 145/2018. FIRME: No, Fecha de resolución 4/07/2018. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: MARIA
  4. 31/05/2018#4904918

    Denominación: CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: JUAN GUILLEN VILLAESCUSA. Situación concursal. Procedimiento concursal 145/2018. FIRME: No, Fecha de resolución 26/04/2018. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzg
  5. 26/06/2012#1787251
    CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000 SL. Otros conceptos: SE MODIFICA EL ARTICULO 13 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES. Datos registrales. T 2125 , F 202, S 8, H MU 48571, I/A 4 (15.06.12).

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Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

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Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal01/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 145/2018
    Juez: Miguel Angel Chamorro

    No abrir la sección 5ª ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la apertura de la Sección 6ª de calificación que

    RPC-49232RPCConsultar en el RPC ↗
  2. Otro acto concursal01/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 145/2018
    Juez: Miguel Angel Chamorro

    Formación sección 6ª

    RPC-49231RPCConsultar en el RPC ↗
  3. Conclusión del concurso25/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

    Edicto D.ª Ana Maria Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado de CONSTRUCCIONES VIGARTA 3.000 S.L., con CIF B53723235 se ha tramitado incidente de oposición a la conclusión del concurso y rendición de cuentas, en el que se ha dictado en fecha 4 de octubre de 2019 sentencia que es firme, por la que se acuerda la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- La conclusión se fundamenta en las causas previstas en el artículo 465 del Texto Refundido de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 20 de noviembre de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

    BOE-B-2020-43665
  4. Conclusión del concurso14/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 145/2018
    Juez: JACINTO TALENS SEGUIConcurso: NecesarioConclusión: inexistencia de bienes

    Que en este Juzgado y en los autos referidos se ha acordado la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y el archivo de las actuaciones, Queda responsable el deudor en caso de ser persona natural mientras no se acuerde reapertura de concurs

    RPC-49230RPCConsultar en el RPC ↗
  5. Declaración de concurso14/05/2018
    ⚖️ MURCIAProc. 145/2018

    Edicto D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 145/2018 y NIG n.º 30030 47 1 2018 0001067 se ha dictado en fecha 26 de abril de 2018 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor CONSTRUCCIONES VIGARTA 3000, S.L.U., con CIF B53723235, cuyo domicilio social lo tiene en Avda. Monteagudo, nº17, Urbanización Monte Pinar, Murcia. 2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad DIEZ Y PAJARON GABINETE CONCURSAL, S.L.P., con domicilio postal en Avda. Teniente Montesinos, 8, 7.º, Torre A, 30100, Espinardo, Murcia, teléfono 968899966 y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Murcia, 10 de mayo de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2018-26972
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