CIUDASUR SL

Hoja M566945· NIF B11607306

Extinguida · 22/12/2020Madrid
Domicilio :
Actividad :
Promoción inmobiliaria
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Capital social :
488 890,00 €

Información jurídica

Información jurídica de CIUDASUR SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000283540146
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Capital social488 890,00 €
LocalidadMadrid
Referencia registralTomo 31498 · Folio 109 · Hoja M566945
Denominaciones anteriores
CIUDASUR SL EN LIQUIDACION2016-05-18 → 2016-06-28
EstadoLiquidada

Actividad

CIUDASUR SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Madrid. Su actividad declarada es «Promoción inmobiliaria» (CNAE 4110). El Registro Mercantil ha publicado 19 actos sobre esta sociedad, del 3 de noviembre de 2009 al 22 de diciembre de 2020, repartidos en 11 tipos de acto distintos. Su capital social inscrito asciende a 488 890,00 €. Figura en el registro como «Liquidada».

Actividad económica (CNAE)

4110 · Promoción inmobiliaria

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

Cambios

  1. 22/12/2020Extinción
  2. 18/05/2016Cambio de denominación social

    CIUDASUR SL→CIUDASUR SL EN LIQUIDACION

  3. 18/05/2016Disolución
  4. 23/12/2013Cambio de domicilio social

    C/ CONDE DE PEÑALVER 36 1º (MADRID)

  5. 23/12/2013Modificaciones estatutarias

Cronología (BORME)

  1. 22/12/2020#6179519
    Extinción
    CIUDASUR SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 263/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 26/11/2020. Auto de conclusión del concurso. Finalizacion de la fase de liquidacion. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MALAGA. Juez: …
  2. 28/06/2016#3919530

    Denominación: CIUDASUR SL EN LIQUIDACION

    Situación concursal
    CIUDASUR SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 263/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/01/2016. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. Juez: JOSE MARIA CASASOLA DIAZ. Resol…
  3. 18/05/2016#3859371

    Denominación: CIUDASUR SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    CIUDASUR SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: MORENES GILES MIGUEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 263/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 20/01/2016. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 DE LO MERCA…
  4. 23/12/2013#2597794
    Modificaciones estatutariasCambio de domicilio social
    CIUDASUR SL. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: 3. Domicilio.-. 13. Reuniones de la junta general. 18. lugar de celebración de las juntas. Cambio de domicilio social. C/ CONDE DE PEÑALVER 36 1º (MADRID). Datos registrales. T 3149…

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Dirección completaC/ CONDE DE PEÑALVER 36 1º (MADRID), Madrid
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Promoción inmobiliaria — están listadas juntas.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso07/01/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 263/2013
    Juez: JUDITH SAIZ SORIAConcurso: NecesarioConclusión: no consta

    Que en el concurso 263/2013 del concursado Ciudasur SL

    RPC-62799RPCConsultar en el RPC ↗
  2. Conclusión del concurso15/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 263/2013
    Juez: FRANCISCO GARCIA VALVERDEConcurso: VoluntarioConclusión: por finalizacion de la fase de liquidacion

    Auto de conclusión de concurso

    RPC-RC-43759RPCConsultar en el RPC ↗
  3. Otro acto concursal15/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 263/2013
    Juez: ANTONIO FUENTES BUJALANCEConcurso: Voluntario

    Cese de Administrador concursal

    RPC-RC-43760RPCConsultar en el RPC ↗
  4. Conclusión del concurso11/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, ANnuncia: Que en el procedimiento concursal Nº263/13 (NIG: 2906742M20130000368) referente al deudor Ciudasur, S.L. con CIF B11607306, por auto de fecha 26 de noviembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso por haber concluido las operaciones de liquidación, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento y cesando el Administrador concursal en su cargo. También se acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Málaga, 4 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jose María Casasola Díaz.

    BOE-B-2020-46281 ↗
  5. Otro acto concursal04/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 263/2013
    Juez: MARIA ROCIO MARINA COLL

    Qué en procedimiento concursal nº 263/2013 referente al concurso de Ciudasur SL se ha presentado rendición de cuentas

    RPC-51829RPCConsultar en el RPC ↗
  6. Otro acto concursal23/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 263/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 263/2012, (NIG 2906742M20130000368) por auto de fecha 1 de abril, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ciudasur S.L., con NIF B-11607306, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra don Ignacio Briales Ávila, casado, provisto de DNI 25671933T con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio y dirección postal en c/ Cortina del Muelle n.º 15, vecino de Málaga, Profesión Letrado; que lo hace en nombre y representación de la Sociedad MBI Asesores Concursales Económicos y Jurídicos, S.L.P., entidad con domicilio y dirección postal c/ Cortina del Muelle n.º 15, Tfno: 952216049, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 12 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2013-15280 ↗
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