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Concurso de acreedores

ZOOM TRAVEL SL

CIF A58322470Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
118/12/201218/12/2012
Procedimiento
824/2012

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso18/12/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 824/2012Auto 27/11/2012

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso Concursal 824/2012-C1, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Zoom Travel, S.A.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 824/2012 Sección Cl. Nig del procedimiento: 5477/12. Entidad concursada: Zoom Travel, SAL,, con CIF N.° A58322470. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del Auto de Declaración: 27 de noviembre de 2012. Administrador/es concursal/es: Don Óscar López Martinez, con domicilio en calle Lauria, 119, Barcelona, con correo electrónico idafin @grupintegral.es, y N.° de teléfono 93 208 07 32. Facultades del concursado: Intervenido. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art.. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 5 de diciembre de 2012.- El Secretario en sustitución.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.