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Concurso de acreedores

ZERO PRESS SL

CIF B81961807Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
220/11/200923/11/2020
Procedimiento
647/2009

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/11/2020
    ⚖️ MADRIDProc. 647/2009Auto 18/11/2020

    Edicto Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 647/2009 de la concursada ZERO PRESS, S.L., con NIF B81961807, por auto de fecha 16/11/2020 se ha acordado la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 18 de noviembre de 2020.- Letrado Administración de justicia, Emilio J. Zornoza Arana.

  2. Otro acto concursal20/11/2009
    ⚖️ MADRIDAuto 14/10/2009

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 647/09, por auto de fecha 14 de octubre de 2009, se ha declarado en concurso al deudor Zero Press, S.L., con CIF B-81961807, con domicilio en la calle Francisco Ricci, número 11, bajo. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 14 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.