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Concurso de acreedores
YOUBUY3D, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B73775702Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 18/11/2017 → 05/02/2018
- Procedimiento
- 392/2017
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso05/02/2018⚖️ MURCIAAuto 25/01/2018
Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 392/17 se ha dictado en fecha 24/1/18 auto de conclusión del concurso respecto del deudor YOUBUY3D, S.L., con C.I.F.B-73775702, por insuficiencia de masa, de conformidad con el art. 176 de la Ley Concursal. En Murcia a, 25 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso18/11/2017⚖️ MURCIAProc. 392/2017Auto 26/10/2017
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº1 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 392/2017 y NIG nº 30030 47 1 2017 0000820 se ha dictado en fecha 26 de octubre de 2017 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor YOUBUY3D, S.L.., con CIF B-73775702, cuyo domicilio lo tiene en avda. Teniente Montesinos, 8, ed. Inti Z, 5º, Murcia. 2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad BELFORD AUDITORES, SLP con domicilio postal en Gran Vía, 41 edif. Galerías, 2ª Escalera.- Murcia, teléfono: 902110383, fax 902551586 y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 14 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.