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Concurso de acreedores

YOLE SERVICIOS DE HOSTELERIA SL

CIF B73811952Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
222/10/201905/11/2019
Procedimiento
396/2018
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/11/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 396/2018Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEAuto 11/10/2019

    Que debo acordar y acuerdo: 1.- No aprobar el plan de liquidación ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la apertura de la Sección 6ª

  2. Conclusión del concurso22/10/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de MurciaProc. 396/2018Auto 11/10/2019

    Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº CNA 396/2018 con N.I.G.: 30030 47 1 2018 0000733 se ha dictado en fecha 11 de octubre de 2019 auto de conclusión de concurso necesario del deudor YOLE, SERVICIOS DE HOSTELERÍA, S.L., con cif B73811952 acordando la conclusión y archivo de las actuaciones. 2º Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos. 3º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes. 4º Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. 5º Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal (artículo 181.3) y el cese de su actuación. Murcia, 16 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.