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Concurso de acreedores

YAZOR TAPIZADOS, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B73911463Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
208/12/201818/12/2019
Procedimiento
306/2018
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso18/12/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de MurciaProc. 306/2018Auto 11/12/2019

    Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº CNA 306/2018 con N.I.G.: 30030 47 1 2018 0000566 se ha dictado en fecha 11 de diciembre de 2019 auto de conclusión de concurso voluntario del deudor Yazor Tapizados, S.L.U., con CIF B73911463 acordando la conclusión y archivo de las actuaciones. 2º.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos. 3º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes. 4º.- Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. 5º.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación. Murcia, 13 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

  2. Declaración de concurso08/12/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaProc. 306/2018Auto 09/10/2018

    Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso voluntario abreviado 306/2018 y NIG n.º 30030 47 1 2018 0000566 se ha dictado en fecha 9 de octubre de 2018, Auto de declaración de concurso voluntario y Auto de apertura de la fase de liquidación del deudor Yazor Tapizados, S.L., con CIF B73911463, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/Alcalde Pacheco, 9 2.º C Yecla, CP 30510. 2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a Eco Legis Concursal, S.L.P., con domicilio en Avenida de Europa, 33 bajo, CP 30007 Murcia, teléfono 968274790, correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/. Murcia, 10 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana lsabel González Peinado.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.