Concurso de acreedores
WIMASIS SL
CIF B14895296Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 18/11/2014 → 22/12/2016
- Procedimiento
- 922/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba (antiguo Instancia n
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso22/12/2016⚖️ CÓRDOBAAuto 17/11/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1. Que en el procedimiento número 922/14 por auto de 17 de noviembre de 2016 se ha declarado la conclusión del concurso seguido en este Juzgado respecto a la deudora Wimasis, S.L. con CIF número B14895296 y el archivo de las actuaciones por la inexistencia de bienes y derechos del concursado. 2. Se acuerda la extinción de la entidad Wimasis, S.L. y en consecuencia el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Córdoba y el cese de los administradores concursales. 3. Se aprueba la rendición de cuentas realizada por la administración concursal. Córdoba, 21 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal24/06/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CórdobaProc. 922/2014Auto 05/06/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba, Anuncia 1. Que en el procedimiento concursal número 922/2014 referente al concursado Wimasis, S.L., con CIF B14895296, por resolución de fecha 5 de junio de 2015, se ha acordado lo siguiente: Aprobar el plan de liquidación realizado por la Administradora concursal en los términos en que se ha presentado. Se acuerda asimismo formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anunciará por edictos se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Córdoba, 5 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.
- Apertura de liquidación23/03/2015⚖️ CÓRDOBAProc. 922/2014Auto 09/03/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia: Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 922/2014, referente al concursado Wimasis, S.L. con CIF B14895296, se ha dictado con fecha veinte de febrero de dos mil quince, decreto acordando la liquidación del concurso, que acuerda lo siguiente: 1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Wimasis, S.L. 2. Abrir la fase de liquidación del presente concurso del deudor, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3. Mantener, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición de concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4. Declarar la disolución si no estuviese acordada y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado que se publicarán en el BOE. 6. Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 7. Requerir a la Administración concursal para que en el plazo de diez días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 8. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Córdoba, 9 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal15/01/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba (antiguo Instancia nProc. 922/2014Auto 22/12/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba (antiguo Instancia n.º 9), anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 922/2014 referente al deudor Wimasis, S.L., con CIF B14895296, se ha presentado el informe definitivo de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Córdoba, 22 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal18/11/2014⚖️ CÓRDOBAProc. 922/2014Auto 20/10/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 922/2014, con NIG 1402142M20140000968, por auto de 20 de octubre de 2014, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Wimasis, S.L., con CIF: B-14895296, con domicilio en calle Astrónoma Cecilia Payne, s/n, edificio Centauro 14014 Parque Tecnológico de Córdoba, Córdoba. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido doña María Ángeles Cañete Delgado, con domicilio Don Alonso de Aguilar, n.º 2, 1.º 5, Córdoba, y dirección de correo electrónico [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Córdoba, 30 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.