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Concurso de acreedores

WHOLECUSPI SL

CIF B62304589Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 04/02/2012 → 08/03/2016
Procedimiento
635/2011

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso08/03/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 635/2011Auto 11/02/2016

    Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en el Concurso número 635/2011-G seguido en este Juzgado a instancia del Procurador Señor Jesús Miguel Acín Biota, en nombre de Wholecuspi, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal número B-62304589 y domicilio en calle Pollancres, número 2, de Vallromanes (Barcelona) se ha dictado en fecha 11 de febrero de 2016 auto, acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. Dado en Barcelona, 11 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal04/02/2012
    ⚖️ BARCELONAAuto 13/01/2012

    Doña Pilar Vives Requena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 635/11-G en el que se ha dictado con fecha 13 de enero de 2012 auto declarando en estado de concurso voluntario abreviado a la empresa Wholecuspi, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B62304589 y domicilio en Vallromanes, calle Pollancres, número 2, de Barcelona con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a José Carlos Ojeda Vicente siendo economista, en fecha 17 de enero de 2012 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal Sant Antoni Maria Claret, número 71, primero primera 08025 Barcelona y dirección electrónica: [email protected] Plazo para comunicación de créditos: Treinta días a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Dado en Barcelona, 17 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.