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Concurso de acreedores
WEST FACILITY SERVICES SL EN LIQUIDACION
CIF B83071928Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 24/11/2017 → 24/11/2017
- Procedimiento
- 978/2017
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación24/11/2017⚖️ MADRIDProc. 978/2017Auto 21/11/2017
El Juzgado Mercantil n.º 9 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 978/2017, por auto de fecha 20/11/17, se ha declarado en concurso voluntario a West Facility Services SLU con CIF B83071928 con domicilio en calle Sor Ángela de la Cruz, n.º 31, 1.º Dcha. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado». 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Ignacio Mori Cortina con domicilio postal en calle Sor Ángela de la Cruz, n.º 24 Esc. A, 3.º F, Madrid 28020 y dirección electrónica [email protected], teléfono 914175469 y fax 911526060, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es. 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 21 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.