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Concurso de acreedores

WES TORMES SL

CIF B37423456Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
222/10/200918/06/2012
Procedimiento
818/2009

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso18/06/2012
    ⚖️ SALAMANCAProc. 818/2009Auto 07/06/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º. Que en el procedimiento concursal número 818/2009, con N.I.G. 37274 42 1 2009 0007536, por Auto de 7 de junio de 2012, se ha declarado la conclusión del concurso por inexistencia de masa activa de la mercantil Wes Tormes, S.L., con CIF B-37423456, con los efectos del artículo 178 de la Ley Concursal. 2º. Se ha acordado la extinción del deudor persona jurídica Wes Tormes, S.L., así como la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 3º. Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por el Administrador concursal. Salamanca, 7 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal22/10/2009
    ⚖️ SALAMANCAProc. 818/2009Auto 21/09/2009

    Edicto. El Juzgado de Primera Instancia y Mercantil número 4 de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1°. - Que en el procedimiento número 818/2009, por auto de 21 de septiembre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Wes Tormes, S.L., con CIF B-37423456, con domicilio y centro de principales intereses en Salamanca. 2°.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3°- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 4°- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Salamanca, 21 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.