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Concurso de acreedores

VOSGES SL

CIF B59798389Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
108/07/201308/07/2013
Procedimiento
65/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso08/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 65/2013Auto 07/05/2013

    Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso. Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso consursal 65/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad "Vosges, S.L.", y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 65/2013, Sección C4. NIG del Procedimiento.- 0801947120128004475. Entidad Concursada.- "Vosges, S.L.", con CIF n.º B59798389. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de declaración.- 9/4/2013. Administrador/es concursal/es.- Doña Gema Soligo Illamola, con correo electrónico [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 7 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.