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Concurso de acreedores
VIVIENDAS ALFIZ SL
CIF B45657871Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 15/10/2013 → 15/10/2013
- Procedimiento
- 120/2013
Cronología del expediente
- Declaración de concurso15/10/2013⚖️ TOLEDOProc. 120/2013Auto 08/07/2013
D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Toledo por el presente hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 120/2013 y NIG nº 45168 41 1 2013/0008850 se ha dictado en fecha 03/07/2013 Auto de declaración de concurso volutario abreviado del deudor Viviendas Alfiz SL, con CIF: B-45657871, domicilio social y centro de sus principales intereses en C/ Dalí,13 -45270- Mocejón (Toledo). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal, al Abogado D. Emilio Fernando Gutiérrez Gracia, quien ha aceptado el cargo en fecha 8 de julio de 2013 y ha sido designado para el ejercicio de las funciones propias de la administración concursal, con domicilio postal en C/Marqués de Mendigorría,3 2º B, de Toledo -45003- y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal. En Toledo, 11 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.