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Concurso de acreedores

VIVEROS SANTA MARTA SL

CIF B14342224Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
211/02/201329/01/2014

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal29/01/2014
    ⚖️ CÓRDOBAAuto 07/01/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba anuncia que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 482/12 referente al concursado Viveros Santa Marta, S.L.U., con C.I.F. B14342224, por resolución de fecha 7 de enero de 2014, se ha acordado lo siguiente: Aprobar el plan de liquidación realizado por la administradora concursal de Viveros Santa Marta, S.L.U. en los términos en que se ha presentado. Se acuerda asimismo formar la sección sexta de calificación del concurso, lo que se anunciará por edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Córdoba, 10 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal11/02/2013
    ⚖️ CÓRDOBAAuto 23/01/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia 1.- Que en el procedimiento número 482/12-C2, por auto de fecha veinte de noviembre de 2012 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Viveros Santa Marta, Sociedad Limitada Unipersonal, con Código de Identificación Fiscal B14342224 y domicilio en carretera Palma del Río kilómetro 4, Córdoba, en el que se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC). Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Se hace saber que las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a que se refiere el apartado 2 del artículo 95 de la Ley Concursal. Para los demás interesados el plazo de diez días, se computará desde la publicación prevista en el artículo 95. 3.- Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal, siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador para la interposición de la demanda incidental. Córdoba, 23 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.