InicioJusticiaVITAUR 2013 SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

VITAUR 2013 SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95724845Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
114/10/201714/10/2017
Procedimiento
530/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal14/10/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de BilbaoProc. 530/2017Auto 19/07/2017

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 530/2017, NIG nº 48.04.2-17/017978, por auto de 19/7/2017 se ha declarado en concurso voluntario el deudor VITAUR 2013, SL., con CIF B95724845, con domicilio en Calle Santa Ana, nº 2, Getxo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bizkaia. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la administración concursal está integrada por D. Roberto Zarate Amigorena DNI: 11907371H DOMICILIO: Agirre Lehendakaria 52 48970 Basauri PROFESIÓN: Economista TELÉFONO: 944269024/657795748 FAX: 944269191 Dirección electrónica: [email protected] 4º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC) 6º.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconsursal.es Bilbao, 19 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.