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Concurso de acreedores
VIPER MOTOR SL
CIF B24261281Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/05/2014 → 07/03/2015
- Procedimiento
- 43/2015 · 164/2014
Cronología del expediente
- Declaración de concurso07/03/2015⚖️ LEÓNProc. 43/2015Auto 19/02/2015
Edicto Doña Belén Iglesias Refoyo, Secretaria judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 8 y Mercantil de León, por el presente, hago saber: 1.º Que en Sección I Declaración Concurso 43/2015 seguido en y NIG n.º 24089 42 1 2015 0000194, se ha dictado en fecha 19 de febrero de 2015, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor SUMINISTROS, MONTAJES Y MANTENIMIENTOS EL PUENTE, S.L., con CIF n.º B-24261281. 2.º El Administrador único de la concursada, conservará el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en su ejercicio a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Se ha designado, como Administrador concursal al Economista D. JOSÉ IGNACIO ÁLVAREZ CANAL REBAQUE, con despacho profesional en avenida Condesa Sagasta, n.º 46, 1.º, de León, y dirección electrónica [email protected] designada para la comunicación de créditos en este concurso, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado, no siendo precisa la intervención de dichos profesionales para la comunicación de créditos. León, 4 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso03/05/2014⚖️ LEÓNProc. 164/2014Auto 16/04/2014
Edicto. Don Francisco Atilano Barreñada, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 8 y Mercantil de León, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 164/2014 seguido en y NIG n.º 24089 42 1 2014 0003386, se ha dictado en fecha 16 de abril de 2014 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor VIPER MOTOR, S.L., con CIF n.º B-24261281. 2º.- Se acuerda la Apertura de la Liquidación de la sociedad, con declaración de su disolución, así como en situación de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo en ella sustituido su consejo de administración, como órgano liquidatorio, por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquel en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 3º.- Se ha designado, como administrador concursal al Titulado Mercantil don JULIO RICARDO GARCÍA GONZÁLEZ, mayor de edad, con domicilio profesional en calle Alfonso IX, n.º 6, bajo, de León, y dirección de correo electrónico [email protected] designada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado, no siendo precisa la intervención de dichos profesionales para la comunicación de créditos. León, 28 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.