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Concurso de acreedores

VILLAGRA SA

CIF A08858508Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
414/04/200905/10/2015
Procedimiento
218/2009

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso05/10/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 218/2009Auto 10/09/2015

    Edicto Don Luis Miguel Capellin, Secretario del Juzgado Mercantil nª 1 de Barcelona, Por el presente, hago saber: Que en el Concurso voluntario tramitado bajo el nº 218/2009 B, de la entidad mercantil Villagra, S.A., con C.I.F.: A08858508, se ha dictado auto de fecha 10 de septiembre de 2015, en el cual se acuerda la Conclusión del presente Concurso acordándose asimismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada Villagra sa, asi como la inscripción de conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro público correspondiente y la publicación de dicha resolución en el B.O.E. Igualmente en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la publicación del mismo, aprobando la rendición de cuentas formulada por la administración concursal Barcelona, 10 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal24/04/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 218/2009Auto 13/03/2014

    Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos con N.I.G. G.08019-42-1-2009-0047874 y n.º 218/2009B se ha acordado la reapertura del concurso voluntario de la mercantil Villagra, S.A. por resolución de fecha 13 de marzo de 2014 y con C.I.F. n.º A 08858508 siendo nombrado administrador concursal D. Alejandro Palomar Marinstany, con domicilio en Plaza Ausias March, n.º 1, planta 2, de Sant Cugat del Vallés (Barcelona) y correo electrónico [email protected] Barcelona, 19 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal19/06/2009
    ⚖️ BARCELONA.Proc. 218/2009Auto 30/03/2009

    Edicto. Don Joaquim Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos con el n.º 218/2009B se ha declarado el concurso de VILLAGRA, S.A. con N.I.F. n.º A-08858508 se ha acordado la publicación del presente edicto para subsanar el error cometido en el anterior de fecha 30 de marzo de 2009, que fue publicado en el BOE n.º 91 de fecha 14 de abril de 2009, que fue publicado en el BOE N.º 91 de fecha 14 de abril de 2009, en el sentido de que donde dice que la empresa es VILLAGRASA, S.A., debe decir que es VILLAGRA, S.A., manteniéndose el edicto en el resto de sus pronunciamientos y haciendo saber a los acreedores que el plazo de un mes concedido para comunicar los créditos comenzará a partir de la publicación del presente. En Barcelona, 14 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.

  4. Declaración de concurso14/04/2009
    ⚖️ BARCELONA.Proc. 218/2009Auto 30/03/2009

    Edicto Don/Doña Joaquín Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con el n.° 218/2009-B se ha declarado el concurso Voluntario Principal de Villagrasa, S.A., con NIF n.° A-08858508 y domicilio en C/ Solanas, n.° 21, de Cornellá de Llobregat, en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento Ordinario. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará en la Unidad de apoyo concursal, Ronda Sant Pere 41, 5o planta, 08010 Barcelona con indicación expresa del Juzgado Mercantil 1 y el número de autos 218/2009B, en el plazo de un mes, a contar desde la última de las publicaciones edictales acordadas en el Auto de declaración del concurso de fecha 30 de marzo de 2009 firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 30 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.