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Concurso de acreedores

ALTA ORIGINACION Y ESTRUCTURACION DE INVERSIONES SL

CIF B84054485Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
203/01/201724/02/2021
Procedimiento
597/2015
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Convenio de acreedores24/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 597/2015Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 14/01/2019

    DECLARA CONCLUSO EL CONCURSO POR FINALIZACION DE LA FASE DE LIQUIDACION

  2. Otro acto concursal03/01/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 597/2015Auto 05/12/2016

    Edicto. D.ª Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso número de autos 597/2015, con Número de Identificación General (NIG) del procedimiento 28.079.00.2-2015/0156622, por auto de 5 de diciembre de 2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento ordinario, a Villa Romana Golf S.L., con CIF B-84054485 y domiciliada en C/ Alcalá n.º 492 de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es el abogado D. Miguel Palomero de Juan, con domicilio postal en C/Felipe IV, n.º 8-4.º Izda., 28014 de Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Madrid, 5 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.