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Concurso de acreedores

VILACTIVE TRADE SL

CIF B64515083Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/07/201317/12/2016
Procedimiento
373/2013

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso17/12/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 373/2013Auto 17/11/2016

    Luis Miguel Gonzalo Capellín,el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona, Por el presente hago saber: Que en el concurso voluntario tramitado bajo el numero 373/2013-B, de la entidad mercantil Vilactive Trade, S.L., con CIF B64515083, se ha dictado auto con fecha 17 de noviembre de 2016, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de bienes de la concursada, acordándose así mismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada Vilactive Trade, S.L., así como la inscripción de conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro publico correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la publicación del mismo,aprobando la rendición de cuentas formulada por la administración concursal. Barcelona, 18 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administracion de Justcicia.

  2. Otro acto concursal15/07/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 373/2013Auto 17/06/2013

    Don José Maria Valls Soriano, Secretario, en sustitución, del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019- 47- 1 -2013- 8002753 y número 373/2013 B, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 12/6/2013 de "Vilactive Trade, S.L.", con CIF número B-64515083 y domicilio en avenida Baix Llobregat, sin número, Cornella de Llobregat, en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El Administrador concursal es "Compas Concursal, S.C.P.", con domicilio en avenida Diagonal, 442.bis, principal, 08037 Barcelona, y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio sito en avenida Diagonal, 442.bis, principal, 08037 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá etectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de aquisición y vencimiento, caracterísiticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará, además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defiendan y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunciar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 17 de junio de 2013.- El Secretario en sustitución.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.