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Concurso de acreedores

VIGOR SL

CIF B36619526Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
5 — 17/02/2014 → 21/11/2015
Procedimiento
460/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra · Jdo. de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso21/11/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraProc. 460/2013Auto 29/10/2015

    Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, hago saber: Que en la Sección I Declaración de Concurso 460/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado auto 162/2015, de 29 de octubre, acordando la conclusión del concurso de la entidad VIGOR, S.L., con CIF B 36619526, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Vigo, 29 de octubre de 2015.- Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal07/06/2014
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil nº 3 de PontevedraProc. 460/2013Auto 27/05/2014

    Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra con sede en Vigo, Anuncia: Que en la Sección V Liquidación de Concurso 460/2013, referente al concursado VIGOR, S. L., con CIF número: B-36.619.526 por auto de fecha 27 de mayo de 2014, se ha acordado lo siguiente: 1.-Aprobar el plan de liquidación presentado por la Administración concursal. 2.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la ultima publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE, y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vigo, 27 de mayo de 2014.- La secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal03/05/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraProc. 460/2013Auto 27/03/2014

    Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, anuncia: 1. Que en la Sección I declaración concurso 460/2013, referente a la entidad deudora VIGOR SL, con CIF B-36619526, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capitulo I del Titulo IV de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC), que contiene el inventario del bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este Edicto, que se publicará en el Registro Publico Concursal, en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial, cuya tramitación se ajustará a lo dispuesto en el articulo 191.4 de la LC. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado/a y Procurador/a (articulo 184.3 de la LC). Vigo, 27 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

  4. Apertura de liquidación29/04/2014
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 460/2013Auto 27/03/2014

    Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 3, con sede en Vigo, anuncia: Que en la Sección V Liquidación 460/2013, referente a la concursada Vigor, S.L., con CIF B-36619526, por Auto de fecha 27 de marzo de 2014 se ha acordado lo siguiente: 1.º Abrir, a solicitud de la concursada, la fase de liquidación, conforme a lo dispuesto en el articulo 142.1 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC). 2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, que serán ejercitadas por la Administración Concursal. 3.º Requerir a la Administración Concursal para que, en el plazo de 15 días, a contar desde la notificación de dicho Auto, presente al Juez un plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso. 4.º Declarar disuelta la entidad Vigor, S.L., el cese de su Administrador único don José Feijoo Novoa, siendo sustituido por la Administración Concursal, y el vencimiento de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. Vigo, 27 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

  5. Declaración de concurso17/02/2014
    ⚖️ PONTEVEDRAAuto 31/01/2013

    Doña MARÍA LUISA SÁNCHEZ GARRIDO, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, hago saber: Que en la sección I declaración de concurso460/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 31 de enero de 2013, auto acordando lo siguiente: 1.º Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora VIGOR, S.L. con CIF B-36619526, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Naia, n.º 80, código postal 36214, Lavadores-Vigo (Pontevedra). 2.º La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración Concursal 3.º La Administración concursal designada está integrada por el Abogado D. JOSÉ LUIS RUBIANES FERRO, con DNI 35299920-A, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en la calle Urzaiz, n.º 40, 2.ª planta, código postal 36201, de Vigo (Pontevedra); y con teléfono 986441102, fax 986441102 y correo electrónico [email protected] 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación, deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará una domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 31 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.