InicioJusticiaVIDRIERA SALDUBA SA

Concurso de acreedores

VIDRIERA SALDUBA SA

CIF A50036391Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
608/07/201324/02/2022
Procedimiento
230/2013 · 06/2013
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal24/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 230/2013Juez : RAFAEL ABRIL MANDOAuto 03/11/2021

    - SE COMUNICA LA APERTURA DE LA SECCION SEXTA DEL CONCURSO - SE ABRE PLAZO DE DIEZ DIAS PARA PERSONARSE EN LA MISMA A ACREEDORES Y PERSONAS CON INTERES LEGITIMO

  2. Otro acto concursal23/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 230/2013Juez : JOSE JULIAN NIETO AVELLANEDAuto 11/06/2013

    Dictado Auto firme de fecha 12/11/19 aprobando el plan de liquidación, se acuerda la formación de la sección sexta para la calificación del concurso

  3. Conclusión del concurso15/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 230/2013Juez : D. ANDRES SANCHEZ MAGROAuto 03/11/2021

    INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  4. Apertura de liquidación29/11/2013
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de ZaragozaProc. 230/2013Auto 30/10/2013

    Edicto D.ª María Jesús López Marín, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, anuncia: Que en el Concurso 230/2013-C, referente al concursado Vidriera Salduba, S.A., CIF A50036391, por auto de fecha 30/10/2013, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la sociedad Vidriera Salduba, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Zaragoza, 30 de octubre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

  5. Otro acto concursal11/11/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de ZaragozaProc. 230/2013Auto 29/10/2013

    Edicto Doña María Jesús López Marín, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, anuncia: 1.- Que en el Concurso 230/2013-C, referente al deudor Vidriera Salduba, S.A., CIF A50036391, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Zaragoza, 29 de octubre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

  6. Otro acto concursal08/07/2013
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n. 1 de ZaragozaProc. 06/2013Auto 13/06/2013

    Edicto D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.- Se ha declarado concurso que se sigue con el nº 230/13-C y NIG 50297 47 1 2013 0000059. 2.- Carácter del concurso: voluntario y abreviado. 3.- Fecha de declaración: 11/06/2013. 4.- Deudor en concurso: Vidriera Salduba, S.A., CIF A50036391, con domicilio en Zaragoza, C/ Sisallo, n.º 24, barrio de la Cartuja Baja. 5.- Facultades de administración: intervenidas. 6.- No ha solicitado la liquidación. 7.- Administración concursal: la sociedad Concursos y Reestructuraciones, S.L.P., CIF B99339194. Dirección postal: P.º Independencia n.º 32, 3.º dcha., 50004 Zaragoza. Dirección electrónica: [email protected] Teléfono: 976224411. 8.- Plazo de comunicación de créditos: un mes directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior. No se admitirán comunicaciones de crédito en el Juzgado. 9.- Personación: por medio de Abogado y Procurador. Zaragoza, 13 de junio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.