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Concurso de acreedores
VIAJES BONITUR SA
CIF A35875921Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 25/03/2019 → 25/03/2019
- Procedimiento
- 518/2019
Cronología del expediente
- Declaración de concurso25/03/2019⚖️ MADRIDProc. 518/2019Auto 19/03/2019
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: . 1º.- Que en el procedimiento número 518/2019, por Auto dictado en fecha 19 de marzo de 2019, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Viajes Bonitur, S.A., con CIF A35875921. . 2º.- Que la mercantil Viajes Bonitur, S.A., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio. . 3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1.º del artículo 176 bis de la Ley Concursal. . 4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado. . 5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. . 6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada. Madrid, 20 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.