Concurso de acreedores
VEXFRUIT SL
CIF B12650552Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 26/03/2016 → 02/03/2023
- Procedimiento
- 000653/2015 · 653/2015
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso02/03/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000653/2015Juez : Marta Vingut PladevallAuto 20/02/2023
Debo declarar y declaro al deudor D. JOAN PALMERO GALINDO, con DNI Nº52914872Z y domicilio en Pasaje Amadeu Vives nº18, 08840, Viladecans, en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración.
- Conclusión del concurso24/02/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 653/2015Juez : FRANCISCO GIL MONZOAuto 20/02/2023
AUTO DE CONCLUSIÓN DEL CONCURSO DE ACREEDORES
- Otro acto concursal10/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000653/2015Juez : FRANCESC XAVIER RAFI ROIGAuto 20/02/2023
CONCURSO ABREVIADO VOLUNTARIO 917/18 CONCURSADA LASRY GLASS ESPAÑA, S.L, CON NIF B20351573 AUTO DE CONCLUSION DE CONCURSO
- Otro acto concursal26/03/2016⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 26/01/2016
Edicto. Don Jorge González Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 19/01/16, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.° 000653/2015, N.I.G. n.° 12040-66-2-2015-0000851, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "Vexfruit SL", domiciliado en Calle Vía Augusta, 19 Alquerías Del Niño Perdido (Castellón) y C.I.F./D.N.I. número B12650552. Segundo: Que se ha determinado el régimen de Suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don Jorge Muñoz Roig, con domicilio en C/ Játiva, n.° l-D12 de Valencia y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el articulo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 26 de enero de 2016.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.