InicioJusticiaVERONA 2000 SL

Concurso de acreedores

VERONA 2000 SL

CIF B82056250Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
405/02/201308/09/2017
Procedimiento
594/2012 · 38/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/09/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 594/2012Auto 05/09/2017

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, en cumplimiento del art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 594/2012 de la mercantil VERONA 200, S.L., con CIF n.º B-82056250, por auto de fecha 27/02/2017, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 5 de septiembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación19/04/2014
    ⚖️ MADRIDAuto 08/04/2014

    Edicto. Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se sigue Concurso Voluntario n.º 594/12, de la Entidad "VERONA 2000, S.L.", con C.I.F. n.º: B-82056250 en el que recayó auto de fecha 03/04/14, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se abre la fase de liquidación". "Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio". "Se declara disuelta la mercantil concursada Verona 2000, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal". Y para su inserción en el BOE, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 8 de abril de 2014.- La Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal30/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridAuto 08/04/2013

    Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en el procedimiento concursal 594/12, referente al deudor "Verona 2000, S.L.", con CIF B-82056250, se ha presentado el informe de la administración concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la publicación de este edicto, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, por medio de abogado y procurador. Y para su inserción en el BOE, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 8 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

  4. Otro acto concursal05/02/2013
    ⚖️ juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridProc. 38/2011Auto 11/01/2013

    Edicto Doña M.C. Sanz, Secretario del juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 594/12, en el que recayó auto de fecha 11 de enero de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: Se declara en Concurso Voluntario a la mercantil Verona 2000, S.L., con CIF B-82056250. Se acuerda la intervención de las facultades del deudor. Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal D. Inocencio Arroyo Egido, la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, pudiendo hacerse: personalmente, mediante comunicación por correo postal en la calle Camino de Leganés, n.º 24, bajo B, esc. dcha. (28937) Móstoles -Madrid-, o por correo electrónico a [email protected]. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 23 de enero de 2013.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.