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Concurso de acreedores
VELEZ MANAGEMENT SL
CIF B87061743Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 03/03/2020 → 08/10/2020
- Procedimiento
- 1042/2020
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de Madrid · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso08/10/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de MadridProc. 1042/2020Auto 21/09/2020
Edicto. La Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de Madrid, anuncia, 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 1042/2020, por auto de fecha 21 de septiembre de 2020, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso voluntario abreviado al deudor Velez Management S.L., con CIF B87061743, acordándose sin más trámites la conclusión del concurso sin que proceda nombramiento de Administrador Concursal, ni apertura de secciones concursales, ni llamamiento de acreedores, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Art. 176 bis 2 y 3. 2.º Que se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expiden los correspondientes mandamientos, firme la resolución que serán entregados al procurador instante para que cuide de su diligenciado. Madrid, 5 de octubre de 2020.- La Letrada de la Admón. de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.
- Otro acto concursal06/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID Proc. 1042/2020Juez : MAR FERNANDEZ BARJAUAuto 21/09/2020
SE DECLARA CONCLUSO EL CONCURSO CONSECUTIVO DE D. ANTONIO GRAU MORRIO, por insuficiencia de masa activa, y el ARCHIVO de las presentes actuaciones, aprobando la rendición de cuentas presentadas por el Adminsitrador concursa! en fecha 23-10-19
- Conclusión del concurso03/03/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID Proc. 1042/2020Juez : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZAuto 21/09/2020
1.- Se declara concluso concurso, cese de limitación de facultades, extinción persona jurídica, cancelación de inscripciones y anuncio en BOE y RPC
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.