InicioJusticiaVAN ALLEN SA

Concurso de acreedores

VAN ALLEN SA

CIF A08848822Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
131/07/201331/07/2013
Procedimiento
426/2013

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso31/07/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 426/2013Auto 18/07/2013

    Edicto dando publicacidad a la declaración de concurso María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.° 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto: Concurso voluntario núm. 426/2013- C. Tipo de concurso: Concurso voluntario abreviado. Entidad Instante del Concurso y NIF: Van Allen, S.A. CIF A08848822. Fecha del auto de declaración: 17/07/13. Administradores concursales: Francico Javier Rodríguez Pérez, con domicilio calle Pau Claris, n.° 97, 4.º-1.ª, C.P 08009 de Barcelona y teléfono n.° 933041939 y en calidad de economista y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del concursado: intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicio o a la dirección indicados. Barcelona, 18 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.