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Concurso de acreedores

VALMARER SL

CIF B97319214Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
223/12/200926/03/2018
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso26/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaAuto 21/10/2015

    D. Jorge Víctor Iglesias de Baya Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario- 000629/2006 Necesario, de la deudora concursada Valmarer, S.L., con CIF n.º B-97319214, con domicilio en Plaza Obispo Amigo, n.º 6, Valencia en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintiuno de octubre de dos mil quince por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 21 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación23/12/2009
    ⚖️ VALENCIA.Auto 20/10/2009

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento concursal ordinario 629/06 necesario, de la deudora concursada Valmarer, S.L., con CIF B-97319214, con domicilio en Plaza Obispo Amigó, 6 de Valencia en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 20 de octubre de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los Administradores o Liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al artículo 144 Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Sección 6ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el artículo 168 Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 20 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.