InicioJusticiaVALLDIGFRUT SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

VALLDIGFRUT SOCIEDAD LIMITADA

CIF B46161527Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
316/02/200903/01/2011
Procedimiento
1201/2008
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso03/01/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 1201/2008Auto 27/10/2010

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Abreviado 1201/2008 Voluntario, de la deudora concursada Valldigfrut, S.L., con cif n.º B46161527, con domicilio en la carretera A La Playa s/n, Tabernes de Valldigna (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintisiete de octubre de dos mil diez por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y el archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 27 de octubre de 2010.- Secretario Judicial.

  2. Apertura de liquidación18/06/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 DE VALENCIAAuto 02/06/2009

    Edicto. D. JORGE VÍCTOR IGLESIAS DE BAYA, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 DE VALENCIA, por la presente Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Proc. Concursal Abreviado 001201/2008 Voluntario, de la deudora concursada VALLDIGFRUIT, SL, con CIF Nº B46161527, con domicilio en la Carretera A LA PLAYA S/N, TAVERNES DE LA VALLDIGNA (VALENCIA), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha dos de junio de dos mil nueve por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de DIEZ DÍAS desde la publicación ordenada en el B.O.E para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 2 de junio de 2009.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso16/02/2009
    ⚖️ VALENCIA.Auto 09/01/2009

    EDICTO Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21º y 23º de la Ley Concursal, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado -001201/2008, habiéndose dictado en fecha 9 de enero de 2009 por el Ilustrisimo/a Señor/a Magistrado-Juez auto de declaración de concurso abreviado voluntario de acreedores de "Valldigfrut, Sociedad Limitada" con domicilio en Carretera A La Playa, S/N Tavernes de la Valldigna (Valencia) y CIF número B46161527. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones acordadas en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Levante "El Mercantil Valenciano", puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85º de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. En Valencia, 9 de enero de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.