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Concurso de acreedores

VALENTIN SA

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Publicaciones
1 — 23/09/2013 → 23/09/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/09/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 09/09/2013

    Edicto Don Miguel Ángel Acevedo González, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número357/13, por auto de 06/09/13 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Valentín, S.A., con domicilio en calle Fuerteventura, n.º 23, de San Sebastián de los Reyes (Madrid), con CIF A-28.415.495. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, Insolvency & Lelgal, S.L.P., con domicilio en la Paseo Castellana, 122, 1.º dcha., 28046 de Madrid, teléfono 915634969, fax 915634882 y como correo electrónico [email protected] a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración Concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 9 de septiembre de 2013.- Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.