InicioJusticiaURTAMA SA

Concurso de acreedores

URTAMA SA

CIF A80528680Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
428/10/201304/05/2022
Procedimiento
530/2013
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID · MERCANTIL - 4

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 530/2013Auto 05/04/2021

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso04/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 530/2013Auto 05/04/2021

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso22/04/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 530/2013Juez : MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZAuto 05/04/2021

    Se dicta la conclusión y archivo del concurso y se procede a declarar la extinción de la persona jurídica.

  4. Otro acto concursal28/10/2013
    ⚖️ MADRIDProc. 530/2013Auto 24/09/2013

    El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 530/2013, por auto de fecha 24 de septiembre de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Urtama, S.A., CIF: A-80528680 con domicilio en calle Príncipe de Vergara, 80, de Madrid. 2º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la formas y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado La comunicación de créditos se realizará en la siguiente dirección postal: Ana José Campos Muñoz. Carretera de Canillas, n.º 138, planta 2.ª 15-C 28043 Madrid. Correo electrónico: [email protected] 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 24 de septiembre de 2013.- El/la Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.