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Concurso de acreedores
URINVE SOCIEDAD LIMITADA
CIF B48821128Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 12/11/2013 → 10/04/2014
- Procedimiento
- 857/2013
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación10/04/2014⚖️ BILBAOProc. 857/2013Auto 18/03/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 857/2013, referente al concursado Urinve, S.L., con CIF número B48821128, por auto de fecha 18/03/2014 se ha acordado lo siguiente Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- La misma resolución ha acordado que una vez se apruebe el plan de liquidación, se abra la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la misma alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 18 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.
- Convenio de acreedores25/01/2014⚖️ BILBAOProc. 857/2013Auto 19/12/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Primero.-Que en el procedimiento concursal número 857/2013, referente al deudor Urinve, S.L. con NIF B48821128, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por las personas interesadas en la Oficina judicial, quieres podrán obtener copias a su costa. Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se anunciará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Cuarto.-El deudor no ha presentado propuesta de convenio. Bilbao, 19 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal12/11/2013⚖️ BILBAOProc. 857/2013Auto 29/10/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 857/2013, NIG n.º 48.04.2-13/024300, por auto de 21/10/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Urinve, S.L., con NIF B48821128, con domicilio en calle Barroeta Aldamar, n.º 4, 1.º, Dpto. 10, 48001 Bilbao, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que la administración concursal está integrada por la abogada Ane Martínez Díez. Domicilio postal: Calle Berastegi, 1, 2.º izda., dpto. 8, Bilbao. Dirección electrónica: [email protected], Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC), Bilbao, 29 de octubre de 2013.- La Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.