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Concurso de acreedores

UNIVERSAL CONSULTING & PROPERTIES SL

CIF B63551469Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
228/02/201714/04/2023
Procedimiento
944/2016
Juzgado
MERCANTIL - 7 · Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso14/04/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 944/2016Juez : RAUL NICOLAS GARCIA OREJUDOAuto 27/03/2023

    Acuerdo la CONCLUSION del concurso de la entidad UNIVERSAL CONSULTING & PROPERTIES, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

  2. Declaración de concurso28/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de BarcelonaAuto 10/02/2017

    Edicto Don Rafael Huerta García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 944/16 Sección. NIG: 0801947120168008266. Fecha del auto de declaración. 7-2-2017. Clase de concurso. Voluntario/abreviado. Entidad concursada. Universal Consulting & Properties, S.L., con B63551469, con domicilio en calle Bolivia, 148, Barcelona. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal. INSOLNET ADMINISTRADORES CONCURSALES, S.L.P., quien designa a Jordi Castells Llavines. Dirección postal: Av. Vía Augusta, 29, 5.º, 08006 Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficinal judicial, sita en avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 112- Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 10 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.