Concurso de acreedores
UNITER SL
CIF B11660479Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 22/04/2014 → 31/03/2025
- Procedimiento
- 299/2014
- Juzgado
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso31/03/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 299/2014Juez : ANA MARIN HERREROAuto 12/02/2025
AUTO DE CONCLUSIÓN
- Otro acto concursal03/12/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 299/2014Juez : ALFREDO FERNANDEZ RIENDAAuto 25/11/2024
BOLETIN RENDICION CUENTAS
- Otro acto concursal22/04/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizProc. 299/2014Auto 19/03/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 299/2014, con NIG 1101242M20140000257, por auto de 19 de marzo de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor UNITER, S.L., con CIF B11660479, con domicilio y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Jerez de la Frontera. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido ARGENTA CONCURSAL, S.L.P., con domicilio postal Avda. República Argentina, 20, entreplanta A, 41011 Sevilla, y dirección electrónica [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 28 de marzo de 2014.- Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.