InicioJusticiaUNIOPTICOS 2000 SOCIEDAD ANONIMA

Concurso de acreedores

UNIOPTICOS 2000 SOCIEDAD ANONIMA

CIF A95062915Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
107/11/201707/11/2017
Procedimiento
583/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal07/11/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 583/2017Auto 31/10/2017

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero. Que en el procedimiento número 583/2017, NIG n.º 48.04.2-17/019842, por auto de 27/9/2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Uniópticos 2000, S.A., con CIF A95062915, con domicilio en Avenida Ibaibe, n.º 35 - 48901 Barakaldo y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Barakaldo. Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero. Que la administración concursal está integrada por la Letrada Dña. Susana Martínez Buruaga. Domicilio postal a efectos de notificación: C/ Diputación, 2, 1º-drcha, 48009 de Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] Cuarto. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Sexto. Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao (Bizkaia), 31 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.