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Concurso de acreedores
UNION VIDRIERA MADRID SL
CIF B85822633Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 05/11/2012 → 07/08/2017
- Procedimiento
- 29/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal07/08/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 29/2012Auto 25/07/2017
D./Dña. ENRIQUE CALVO VERGARA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, En el Concurso Voluntario y Abreviado 29/2012, se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de UNIÓN VIDRIERA MADRID, S.L., con CIF n.º B85822633 y con domicilio Polígono: La Postura, Av. de la Cruz, 0016, CP: 28341 Valdemoro (Madrid). La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 25 de julio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal05/11/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridAuto 16/10/2012
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 29/12 por auto de fecha 16 de octubre de 2012 se ha declarado en concurso voluntario/abreviado al deudor "Unión Vidriera Madrid, S.L.", con CIF n.º B-85822633, con domicilio en Valdemoro (Madrid), en el polígono industrial La Postura, calle Eras de la Cruz, 16, C.P. 28341. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: Por presentación o remisión a la dirección de la administración concursal designada D. Jorge Muñoz Roig, con domicilio en calle Ferraz, 4, bajo, teléfono: 96 394 09 15 correo electrónico [email protected]. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la administración concursal. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. La personación de interesados conjunta con la comunicación de crédito en el Juzgado sólo producirá efecto respecto a la personación, pero ninguno respecto de la comunicación. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). 5.º Se acuerda la apertura de la sección de liquidación a propia instancia del deudor concursado. Se acuerda la disolución social de "Unión Vidriera Madrid, S.L.", cuya liquidación en los aspectos patrimoniales se realizará en el seno del concurso. Se acuerda el cese del órgano de la administración societaria de "Unión Vidriera Madrid, S.L.", con sustitución por la administración concursal, salvo en los procedimientos en que aquella sea parte. Se declara el vencimiento anticipado de todos los créditos y su conversión en dinero, sin perjuicio de los descuentos que pudiera haber lugar. Deberá la administración concursal presentar propuesta del plan de liquidación en los términos del art. 148 LC, junto con el informe del art. 75 L.C. Madrid, 23 de octubre de 2012.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.