Concurso de acreedores
UKUDLALA SL
CIF B87471751Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 31/10/2017 → 11/09/2025
- Procedimiento
- 956/2017
- Juzgado
- Mercantil - 7 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso11/09/2025⚖️ Mercantil - 7Proc. 956/2017Juez : JOSÉ VELA PÉREZAuto 27/03/2025
Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de finalización de las operaciones de liquidación. Acuerdo la extinción del mismo.
- Otro acto concursal12/09/2024⚖️ Mercantil - 7Proc. 956/2017Juez : JOSE VELA PEREZAuto 31/07/2024
Conforme al artículo 468.4 del TRLC póngase de manifiesto el informe final en la oficina judicial a todas las partes personadas por el plazo de QUINCE DÍAS para formular oposición a la conclusión del concurso.
- Otro acto concursal10/08/2023⚖️ Mercantil - 7Proc. 956/2017Juez : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZAuto 25/07/2023
Se aprueban las reglas de liquidación expuestas a las que la Administración Judicial, los acreedores y demás interesados quedarán sujetos conforme a lo dispuesto en la Ley.
- Apertura de liquidación11/06/2023⚖️ Mercantil - 7Proc. 956/2017Juez : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZAuto 07/06/2023
SE ABRE LA FASE DE LIQUIDACIÓN
- Conclusión del concurso13/09/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 956/2017Juez : EDUARDO ENRECH LARREAAuto 27/03/2025
ACUERDA CONCLUSION CONCURSO Y ARCHIVO CESAN LAS LIMITACIONES A LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICIÓN DEL CONCURSADO
- Otro acto concursal08/07/2019⚖️ MADRIDProc. 956/2017Auto 23/10/2017
Edicto Juan Luís Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, Anuncia: Que en el concurso Concurso Abreviado 956/2017, por auto de fecha 23 de octubre de 2017, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Ukudlala, S.L., con C.I.F. número B87471751 y domiciliado en Paseo de Fuente Lucha número 7, local 7-B, código postal 28100 – Alcobendas (Madrid). Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal La identidad de la Administración concursal es Marta Castro Fuertes, con número de teléfono 91-555.18.47 y con domicilio postal en calle Vallehermoso 18 Bajo, código postal 28015 - Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 21 de junio de 2019.- El Letrado de la Administración de justícia, Juan Luís Ramos Mendoza.
- Conclusión del concurso31/10/2017⚖️ MADRIDProc. 956/2017Auto 27/10/2017
Edicto. Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 956/2017 por auto de fecha 23/10/2017 se ha decretado la declaración y la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa del deudor Ukudlala, S.L., con n.º de CIF B-87471751. 2º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por estar en el supuesto de inexistencia de masa activa del deudor. 3º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada y el cierre de su hoja registral. Madrid, 27 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.