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Concurso de acreedores

UESMADERA SA

CIF A84031244Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 25/05/2010 → 29/03/2016
Procedimiento
62/2010

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal29/03/2016
    ⚖️ BURGOSProc. 62/2010Auto 14/03/2016

    D. César Ortíz Villamayor, letrado de la administración de justicia del juzgado de lo mercantil número uno de Burgos, por el presente, hago saber: 1º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 62/2010 y N.I.G. 09059 42 1 2010 0001352, se ha dictado en fecha veintinueve de febrero de dos mil dieciséis auto declarando la conclusión y consiguiente archivo del concurso contra la mercantil Uesmadera S.A., con C.I.F.-A-84031244, y domicilio en Quintanar de la Sierra, Burgos, Polígono Industrial El Majano, parcela C-24. 2º- Igualmente se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal y como previene el artículo 178-3 de la ley concursal. Burgos, 14 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal25/05/2010
    ⚖️ BURGOSAuto 15/03/2010

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Burgos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 62/10, por auto de fecha 15 de marzo de 2010, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor "Uesmadera, S.A.", con CIF número A84031244 y domicilio social en polígono industrial "El Majano", parcela C-24, de la localidad de Quintanar de la Sierra (Burgos), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Quintanar de la Sierra (Burgos). Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas ésta a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Burgos, 15 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.