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Concurso de acreedores

TURVALIA SOLUCIONES TECNOLOGICAS SL

CIF B99263980Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
527/10/202005/10/2022
Procedimiento
772/2020
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID · MERCANTIL - 6 · MERCANTIL - 5 · Juzgado de lo Mercantil 5 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/10/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 772/2020Juez : JUAN ADOLFO MARTÍN MARTÍNAuto 01/03/2022

    Acuerdo fijar la retribución del administrador concursal en 143,59 euros.

  2. Conclusión del concurso05/10/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 772/2020Juez : MARIA JOSE PEIRO ASPURZAuto 01/03/2022

    Calificación concurso como fortuito y archivo de la Sección 6ª de Calificación

  3. Otro acto concursal02/03/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 772/2020Juez : IRENE ORTIZ PLAZAAuto 25/02/2021

    1.- Que en el procedimiento concursal número 772/2020 referente al concursado TURVALIA SOLUCCIONES TECNOLOGICAS PARA EL TURISMO SL se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el día 25/02/21 el plan de liquidación de los bienes

  4. Declaración de concurso05/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 5Proc. 772/2020Juez : IRENE ORTIZ PLAZAAuto 15/10/2020

    Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los tribunales D./Dª. ANTONIO DOMÍNGUEZ RUIZ, en nombre y representación de la mercantil TURVALIA SOLUCIONES TECNOLÓGICAS, S.L.U.

  5. Otro acto concursal27/10/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 5 de MadridProc. 772/2020Auto 22/10/2020

    EDICTO D.ª Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil 5 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso abreviado 772/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0192289, por auto de fecha 15/10/20, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a TURVALIA SOLUCIONES TECNOLOGICAS PARA EL TURISMO, S.L., con NIF B99263980, y domiciliado en Calle Velázquez 157, Pl. 1.ª de Madrid (28002). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 256 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado». 3.- Que el deudor conserva las facultades de Administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración Concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es RIBÓN ABOGADOS, S.L.P., con domicilio postal en calle Santa Engracia nº 113. Bajo derecha de Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 256 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. Madrid, 22 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.